La gestión electrónica del IVA será obligatoria desde julio de 2017

El nuevo año comienza con novedades en el frente para las empresas. Hace unas semanas, el Consejo de Ministros aprobó la puesta en marcha del Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) a partir de julio de 2017. Esta medida obligará a más de 62.000 empresas españolas gestionar y declarar la impuesto del IVA electrónicamente.

La iniciativa tiene como objetivo aumentar la lucha contra el fraude fiscal, ya que las transacciones se declararán casi en tiempo real. De hecho, las empresas que utilicen el SII tendrán que enviar el detalle de tus facturas a Hacienda en un plazo máximo de 4 días naturales. Con esta información enviada, los libros de IVA se generarán automáticamente, por lo que la gestión de estos registros también pasará a ser electrónica.

¿Quién es requerido para el SII?

La pregunta que debería rondarte ahora mismo es si formas parte de esas 62.000 empresas designadas por la Agencia Tributaria (AEAT). Lo cierto es que la gran mayoría de los afectados serán grandes compañias. Todos aquellos con una facturación superior a 6.010.121,04 euros deberán adaptarse al nuevo sistema de gestión electrónica del IVA. Sin embargo, algunas otras empresas tendrán que hacer lo mismo, independientemente de su tamaño. En concreto, aquellos que cumplan alguno de estos dos requisitos:

  • Los que están registrados en el esquema de reembolso mensual (REDEME).
  • sean lo que sean grupos de empresas a efectos del IVA.

No obstante, la AEAT permitirá que todas las empresas que así lo decidan se sumen a la iniciativa de forma voluntaria. Aunque a simple vista el cambio no te resulte muy amigable, la gestión electrónica tiene algunas ventajas que pueden hacerte cambiar de opinión. Vamos a explicar mejor cómo funciona para que sepas lo que implica.

¿Qué es la gestión electrónica del IVA?

Con el nuevo sistema, las empresas enviarán el detalle de sus facturas a Hacienda en un tiempo casi inmediato. Esta información será enviada desde modalidad telemática y en formato XML que garantiza la seguridad de los datos. Este es un proceso que se puede realizar de forma manual a través de un portal web (cuando el volumen de operaciones es bajo) o automatizado. Sin embargo, esta segunda alternativa supone un desarrollo tecnológico en la empresa y, por tanto, un coste económico, por lo que en general solo será una opción para medianas o grandes empresas.

Con los datos facilitados a la AEAT, los libros de registro se configurarán automáticamente, de forma similar al proyecto de Renta. Esto significa que, en la práctica, ya no será necesario llevar esa parte contable. Esa es una de las ventajas.

Sin embargo, el mayor beneficio del gobierno electrónico es que eliminará algunas de las obligaciones de cumplimiento tributario. Las empresas que se suman al SII no tendrán que presentar los formularios de información 347, 340 o 390. Esto significa que sólo se requerirán autoliquidaciones de impuestos.

¿Estamos preparados para el cambio?

Sin duda, la digitalización adecuada del cumplimiento tributario podría ahorrar tiempo y dinero a los contribuyentes. Sin embargo, se trata de una medida muy ambiciosa y habrá que esperar a ver si las empresas obligadas son capaces de adaptarse tecnológicamente en los próximos 6 meses. En enero de 2015, la implantación obligatoria de la factura electrónica para los proveedores de la Administración atendió la polémica por la falta de preparación tecnológica, tanto por parte de los organismos públicos como de las entidades privadas. ¿Será diferente esta vez?

Otro desafío importante será la delincuencia. Como empresario, ya sabes lo que supone pagar el IVA a Hacienda cuando, en muchos casos, ni siquiera has cobrado la factura. Ese “Desembolso anticipado” probablemente empeorará con la declaración en tiempo real.

Si quiere saber más sobre el SII y la gestión electrónica del IVA, le recomendamos que consulte la documento elaborado por la Agencia Tributaria en el que se detalla toda la operación.

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