Hace poco hablé contigo en un artículo sobre multiactividad. En otras palabras, la situación en la que se requieren dos o más actividades laborales cotiza a varios regímenes de seguridad social.
Esta situación se produce cuando una persona tiene un trabajo y, al mismo tiempo, está inscrita en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para colaborar de forma independiente en otros proyectos. En estos casos, por lo general se acaba pagar la seguridad social más de lo debido.
Pero ojo, porque si ese es el caso, puedes solicitar un reembolso de la parte que pagó en exceso.
¿Quién tiene derecho a solicitar un reembolso?
Todo trabajador en situación de pluriactividad tiene derecho a solicitar el reembolso, si lo hubiere. ha superado el techo máximo de cotización.
Este techo se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Por ejemplo, en 2015 el techo máximo fijo es 12.245,98 euros. Para el próximo año, sin embargo, aumentará un 1%, hasta los 12.368,23 euros, tal y como refleja el PGE, que se presentó el pasado 4 de agosto.
Debes saber que si sumando las dos comillas has superado el límite establecido, puedes solicitar la devolución de la mitad de lo que pagó extra.
Para ejercer este derecho, se establece un plazo de 4 meses, del 1 de enero al 30 de abril de 2016. Transcurrido dicho plazo, los trabajadores que no hayan solicitado el reembolso perderán todo derecho a hacerlo.
¿Cómo solicito un reembolso?
El proceso para solicitar un reembolso es muy sencillo. solo es necesario rellenar y llevar a la Seguridad Social un modelo de ingresos inapropiado. Recuerda, eso sí, que deberás hacerlo en el plazo señalado en el párrafo anterior para que la solicitud sea efectiva.
Una vez entregado este documento, el reembolso se realizará rápidamente. Sin embargo, lamentablemente esto se debe muy pocos trabajadores hacen esta solicitud.
Pero, ¿por qué no ejercer este derecho?
Lo cierto es que de los casi 100.000 trabajadores en situación de pluriactividad, la mayoría no sabe que tiene la oportunidad de solicitar este reembolso. Por ello, algunos colectivos de independientes solicitan que este trámite se realice de forma automática y que no sea necesario realizar una solicitud expresa.
De hecho, en la actualidad La Seguridad Social ni siquiera anuncia a los trabajadores que más han cotizadoque inicia o finalizará el plazo para solicitar la devolución.
información sólo se incluye en los Presupuestos Generales que indica que, cuando se supere el tope máximo de cotización, “la devolución se hará a instancia del interesado, que habrá de efectuarse en los cuatro primeros meses del año siguiente”.
Por estos motivos, se recomienda que si eres autónomo y empleado a la vez, repases bien al final del año. ¿Cuánto aportó a ambos esquemas?. Si se supera la cifra fijada como techo máximo en 2015 (12.245,98 euros), ejercer su derecho y reclamar la devolución correspondiente.
Como puedes ver, el proceso es fácil y rápido. Solo tenga en cuenta que la fecha límite es el 30 de abril.