Solicitud de Residencia del hijo no nacido en España de residente.

Los menores que no hayan nacido en Españahijos de extranjeros residentes en Españaasí como los menores legalmente bajo la tutela de un ciudadano o institución española o de un extranjero con residencia legal en Españapodrá obtener la autorización de El hogar cuando continuaron su estancia en España durante al menos dos años, y sus padres o tutores reúnen las condiciones económicas y de alojamiento previstas en este reglamento para el ejercicio del derecho a la reagrupación familiar.

¿Documento obligatorio para aplicar?

Cuando los menores estén en edad de escolarización obligatoria, se deberá presentar un certificado que acredite su escolaridad durante su estancia en España.

¿Por cuánto tiempo se otorga esa residencia?

La vigencia de las autorizaciones concedidas por este motivo estará vinculada, en su caso, a la de la autorización de residencia del padre, madre o tutor del interesado. Si la autorización deriva de tu tutela por un ciudadano de la comunidadSu duración será de cinco años.

Renovación de residencia del hijo que no nació en España como residente

Para renovaciones de licencia El hogar Regulado en este artículo, se respetarán las formalidades y el procedimiento establecidos para la autorización de residencia de los familiares reunidos.

Si el hijo menor tiene 16 años, ¿podría trabajar?

Autorizaciones de El hogar Otorgados con fundamento en lo dispuesto en los apartados anteriores, cuando sus titulares alcancen la edad para trabajar, les darán la oportunidad de trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.

  • No ser ciudadano de un estado de la Unión Europeadel Espacio Económico Europeo o de Suiza, o un familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.
  • Acreditación de la estancia continuada del menor en España durante un período mínimo de dos años.
  • Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos suficientespara satisfacer las necesidades de la familia, en las siguientes cantidades:
    • En unidades de dos miembros, contando el padre o la madre, el 150% de IPREM. Por cada afiliado adicional a los dos mencionados (padre y menor) se incrementará el IPREM en un 50% más.
  • Que sus padres o tutores acrediten que tienen una vivienda adecuada.
  • Si el menor está en edad de escolarización obligatoria, acreditación de que estuvo matriculado en un centro educativo durante su estancia en España.

Documentos necesarios para la solicitud de la residencia del feto en España por el residente:

Nota: En general, se deben proporcionar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de la solicitud.

  • Formulario de solicitud de muestra oficial (EX-01)por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el padre, madre o tutor.
  • Copia del documento de viaje del pasaporte completoo certificado de registro vigente del menor.
  • Documentos que prueban el parentescocon residente legal, o tutela con ciudadano o institución.
  • Documentos de identificación del solicitanteque puede ser:
    • Si está supervisado por un español: DNI.
    • Si es hijo o tutor de un residente legal: el permiso de residencia del padre o de la madre.
  • La documentación que acredite la estancia en España durante al menos dos años.
  • El certificado que acredita estar matriculado en un centro educativoen tu caso.
  • Si es hijo de extranjero residente o tutor de español o extranjero residente en España:
    • Documentación que acredite empleo y/o recursos económicos suficientespara atender las necesidades de la familia, que podrá acreditarse por cualquier medio de prueba y que podrá ser:
      • En el caso de trabajar por cuenta ajena, copia del contrato de trabajo y de la declaración del impuesto sobre la renta del año anterior.
      • Si la actividad que realiza es por cuenta propia, acreditación de la actividad que realiza y declaración del IRPF del año anterior.
      • Si no se realiza actividad lucrativa: cheques certificados, cheques de viajero o cartas de pago o tarjetas de crédito, acompañadas de una certificación bancaria del monto disponible como crédito.
    • Informe sobre la disponibilidad de vivienda adecuadaexpedido por la Comunidad Autónoma o, si ésta lo ha autorizado, por la Corporación local del lugar de residencia.

La Comunidad Autónoma o la Corporación local disponen de un plazo de 30 días para emitir el informe. Si no se libera dentro del plazo antes señalado, el interesado podrá acreditar este requisito por cualquier medio de prueba, siempre que se haga referencia al título que habilita la ocupación de la vivienda, el número de cuartos, el uso a que cada uno de las habitaciones se pretende Dependencias, número de personas que viven allí, condiciones de habitabilidad y equipamiento.

  • Nota IMPORTANTE: cuando se aporten documentos de otros países, deberán estar traducidos al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

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