El Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, en su arte. 5.1 establece que: «La sistema de formación profesional Consiste en el conjunto articulado de actuaciones encaminadas a identificar las competencias profesionales en el mercado de trabajo, asegurando ofertas formativas adecuadas, que permitan la adquisición de una formación adecuada o, en su caso, el reconocimiento de las competencias profesionales, y orientando a las personas. y servicio de acompañamiento profesional que permite diseñar itinerarios formativos individuales y colectivos”
Los objetivos del Sistema de Formación Profesional son:
- El desarrollo de un sistema de formación profesional de calidad a lo largo de la vida, en equidad, significativa personal y socialmente y para el tejido productivo, que satisfaga tanto el desarrollo de la personalidad como las necesidades individuales de cualificación, adaptación y reciclaje profesional, así como las de los sectores productivos, e implique la creación de valor para las personas y las empresas.
- Cualificar a las personas para el ejercicio de las actividades profesionales, favoreciendo la adquisición, consolidación y ampliación de las competencias profesionales y básicas con la polivalencia y funcionalidad necesarias para el acceso al puesto de trabajo, la continuidad en el mismo y el progreso y desarrollo profesional, así como la rápida adaptación al futuro . retos derivados de entornos de trabajo complejos.
- Dotar a las empresas y sectores productivos de los perfiles profesionales necesarios en cada momento, teniendo en cuenta el carácter determinante, para la competitividad de las empresas, de la cualificación de los trabajadores, su flexibilidad, rapidez de adaptación, polivalencia y transversalidad.
- Observación continua de la evolución de la demanda y oferta de profesiones, ocupaciones y perfiles en el mercado laboral para la prospección e identificación de necesidades de cualificación.
- La oferta formativa actualizada y suficiente, que incorpore de forma proactiva y ágil tanto las competencias profesionales emergentes, como la innovación, la investigación aplicada, el emprendimiento, la digitalización, la sostenibilidad y la emergencia climática, como factores estructurales de éxito en el nuevo modelo económico.
- La configuración flexible y modular, de acuerdo con los planteamientos de la Unión Europea sobre la formación profesional, basada en itinerarios formativos i) accesibles, progresivos, acumulativos y adaptados a las necesidades individuales y colectivas, teniendo en cuenta la edad, el sexo, la discapacidad, en su caso, y las situación o trabajo y ii) dirigirse a una amplia gama de perfiles profesionales, desde generalistas hasta altamente especializados.
- Impulsar la doble dimensión de la formación profesional y su vinculación con el sistema productivo en un marco de colaboración público-privada entre administraciones, centros, empresas u organismos equivalentes, organizaciones comerciales y sindicales, entidades y el tercer sector para la creación conjunta de valor, la alineación de objetivos y proyectos estratégicos conjuntos, superando la brecha urbano/rural mediante una adecuada adecuación territorial y un uso eficiente de los recursos en los entornos formativos y profesionales.
- Definir y establecer un modelo de gobernanza, respetuoso de los ámbitos de competencia, que incorpore el papel de las organizaciones comerciales y sindicales más representativas y su participación y cooperación con las administraciones públicas en las políticas del Sistema de Formación Profesional.
- Facilitar la acreditación y el reconocimiento de competencias profesionales relacionadas con el Catálogo Nacional de Normas de Competencias Profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
- Proporcionar orientación profesional a lo largo de toda la vida para facilitar la toma de decisiones de las personas en la elección y gestión de la formación profesional y la carrera, afrontando los estereotipos de género, los estereotipos de discapacidad o las necesidades específicas de apoyo educativo, ayudando a construir una identidad profesional que motive el aprendizaje futuro y las adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y cambios sociales, así como promover el conocimiento de las oportunidades existentes o emergentes en entornos rurales y zonas de declive demográfico.
- Promover la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales y eliminar la segregación existente en la formación entre mujeres y hombres.
- Promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y, en general, de las personas y colectivos con dificultades de inserción sociolaboral en el acceso y proceso de formación profesional que permita y facilite la inserción en el mercado laboral.
- Incrementar la presencia social de la formación profesional como una opción valiosa para el empleo y el progreso académico, tanto reforzando la relación y cooperación entre los sistemas de formación profesional y universitaria, como contribuyendo a la erradicación del abandono temprano sin una cualificación profesional que asegure la empleabilidad.
- Promover la participación de las personas adultas, para su cualificación o recualificación, en acciones de formación profesional como elemento integrador del desempeño profesional y de la vida profesional y único camino para alcanzar el mayor grado de especialización que exigen campos cada vez más complejos.
- Promover la planificación integrada en cada territorio de una oferta de formación profesional permanente, así como la complementariedad de las redes de centros de formación profesional y la utilización conjunta de sus instalaciones y recursos.
- La generación de circuitos de transferencia de conocimiento interautonómicos y transnacionales entre centros, empresas u organismos comparables, entidades, docentes y personas en formación, impulsando proyectos de movilidad.
- Ampliar el conocimiento de lenguas extranjeras en el ámbito profesional.
- Actualización permanente de las competencias del personal docente y en formación para que pueda diseñar y adaptar los procesos formativos de acuerdo con las nuevas necesidades productivas y sectoriales, así como del alumnado, especialmente del alumnado con necesidades específicas.
- Implantar y mantener un proceso de evaluación y mejora continua de la calidad del Sistema de Formación Profesional, especialmente de su carácter dual, que proporcione información sobre su funcionamiento y adecuación a las necesidades formativas individuales y del sistema productivo y promueva la investigación sobre el modelo de formación profesional, así como así como su impacto en las dimensiones de mejora del empleo y la productividad.
Componentes del sistema y herramientas de gestión.
- El sistema de formación profesional se concreta en: a) El catálogo nacional de normas de competencia profesional. b) El catálogo modular de formación profesional. c) Catálogo Nacional de Oferta de Formación Profesional. d) Los elementos básicos del currículo.
- Para la gestión del Sistema de Formación Profesional se utilizan: a) El Registro Estatal de Formación Profesional; b) Registro estatal de acreditaciones de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o por medios no formales e informales; y c) El registro general de centros de formación profesional, es un registro administrativo electrónico dependiente del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el que se incluirán todos los centros autorizados para ofrecer alguna oferta de formación profesional del Sistema de Formación Profesional. Este registro está integrado por los datos de los centros educativos contenidos en los registros autonómicos dependientes de las administraciones competentes, en su caso, donde se encuentran ubicados sus equipamientos y recursos formativos.
Todos los centros deberán estar inscritos en el Registro General de Centros de Formación Profesional para realizar ofertas que den lugar a la obtención de acreditaciones, certificados o títulos del Sistema de Formación Profesional.
Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional
El Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional es la herramienta del Sistema Nacional de Formación Profesional que incorpora todas las ofertas de formación profesional reconocidas y meritorias dentro del sistema.
- El Catálogo Nacional de Oferta de Formación Profesional:
- a) Determinar el conjunto de acciones formativas dirigidas a:
1. Formación oficial para el ejercicio cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica.
2. Acreditación oficial de las competencias profesionales adquiridas por las personas, derivadas del Catálogo Nacional de Normas de Competencias Profesionales, en el marco que establece el Sistema de Formación Profesional.
- b) Coordinación de las diferentes ofertas formativas.
- c) Fijar la oferta formativa relacionada con la misma.
- Las ofertas de formación profesional deben:
- a) Cubre las necesidades de cualificación de los estudiantes en formación y de los trabajadores ocupados o desempleados que necesiten adquirir, ampliar o actualizar las competencias profesionales identificadas en el mercado de trabajo, mediante una formación adaptada a las exigencias del sistema productivo y que permita su incorporación o reincorporación. incorporado; al mercado laboral y la reorientación del itinerario profesional.
- b) Tener un carácter meritorio de carácter modular y acumulativo, que permita progresar, de acuerdo con itinerarios formativos conducentes a acreditaciones, certificados y títulos con reconocimiento estatal y, en su caso, europeo.
- c) Tener un nivel de referencia en el Marco Español y en el Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales.
- Las ofertas de formación se incluirán en el Catálogo Nacional de Oferta de Formación Profesional. Cada oferta de formación profesional se diseñará a partir de los módulos profesionales asociados a cada estándar de competencia del Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesional, y que constituyen el Catálogo Modular de Formación Profesional.
Recuerda eso sistema de formación profesional sirve para cumplir con los requisitos »Una formación reglada perteneciente al Sistema de Formación Profesional: A estos efectos, se entiende por formación reglada los títulos de formación profesional, los cursos de especialización, los certificados de profesionalidad (certificados de profesionalidad) y los certificados de competencia.Toda formación oficial, por tanto acreditada, se regula por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y por Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e innovación de la formación profesional y debe ser impartida por centros que estén habilitados para ello y que estén inscritos en el correspondiente registro de centros autónomos. A estos efectos, se comprobará la inscripción de la entidad que imparte la formación respectiva en el registro estatal de centros de enseñanza no universitaria1 y en el registro autonómico..” previsto en el art. 124.4 b) del Reglamento de Extranjería, a los efectos de tramitar la solicitud de arraigo para educación previsto en el artículo 124.4 ídem.
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