Mis padres son mayores de 65 años y yo soy española, puedo solicitarles arraigo familiar?

Fue modificado recientemente Normativa de extranjería en Españay ahora puedes solicitar uno nuevo Raíces familiares más libremente, es decir, antes de poder solicitar la residencia con los ascendientes de un español, se le exigió previamente que probara que el español los había mantenido económicamente durante al menos doce (12) meses.

Esta estancia y trabajo lícitos está previsto en el artículo 124.3 b) del Reglamento de Extranjería, que establece:

«De Raíces familiares:

b) Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano de nacionalidad española. Asimismo, en el caso de ascendientes a cargo mayores de 65 años o menores de 65 años, descendientes a cargo menores de 21 años o mayores de 21 años de un ciudadano español o de su cónyuge o cónyuges. pareja. Se le otorgará una autorización de cinco años que le permitirá trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.»

La novedad es que:

Ahora en el presente para poder solicitar un Raíces familiares ascendientes de un ciudadano español, ya no es necesario acreditar la capacidad económica o el mantenimiento, sólo se debe aportar al expediente de solicitud de residencia excepcional:

  • Literal español nacimiento de hijo o hija.
  • DNI del ciudadano español (hijo o hija).
  • Pasaporte completo de 32 páginas tanto del padre o madre como del hijo o hija español,
  • Registro legal del padre o madre del hijo o hija español, legalizado, apostillado, de los últimos 5 años de residencia legal, vigencia no mayor a 3 meses.
  • Registro actualizado de ambos cuando se considere que ambos residen en la misma dirección.

Es necesario que el padre o la madre del ciudadano español haya cumplido 65 años para poder solicitar en España la Raíces familiares.

No es necesario que el hijo español trabaje en España, puede estar desempleado, recién llegado al país, o en cualquier situación laboral.

Cuando tengas esta documentación, puedes ponerte en contacto con nosotros, te haremos la solicitud de residencia (Raíces familiares) telemática (online), te facilitamos los trámites, para que no tengas que salir de casa.

Todos estos documentos hay que escanearlos con la máquina, no con fotos del móvil, cada uno en un pdf.

Puede escribirnos por correo electrónico: [email protected]

Whatsapp: +34 682 518 339.

Si tienes alguna duda, puedes reservar una consulta a través de videollamada o llamada Aquí.

Mis padres son mayores de 65 años y yo soy española, puedo solicitarles arraigo familiar?

Fue modificado recientemente Normativa de extranjería en Españay ahora puedes solicitar uno nuevo Raíces familiares más libremente, es decir, antes de poder solicitar la residencia con los ascendientes de un español, se le exigió previamente que probara que el español los había mantenido económicamente durante al menos doce (12) meses.

Esta estancia y trabajo lícitos está previsto en el artículo 124.3 b) del Reglamento de Extranjería, que establece:

«De Raíces familiares:

b) Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano de nacionalidad española. Asimismo, en el caso de ascendientes a cargo mayores de 65 años o menores de 65 años, descendientes a cargo menores de 21 años o mayores de 21 años de un ciudadano español o de su cónyuge o cónyuges. pareja. Se le otorgará una autorización de cinco años que le permitirá trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.»

La novedad es que:

Ahora en el presente para poder solicitar un Raíces familiares ascendientes de un ciudadano español, ya no es necesario acreditar la capacidad económica o el mantenimiento, sólo se debe aportar al expediente de solicitud de residencia excepcional:

  • Literal español nacimiento de hijo o hija.
  • DNI del ciudadano español (hijo o hija).
  • Pasaporte completo de 32 páginas tanto del padre o madre como del hijo o hija español,
  • Registro legal del padre o madre del hijo o hija español, legalizado, apostillado, de los últimos 5 años de residencia legal, vigencia no mayor a 3 meses.
  • Registro actualizado de ambos cuando se considere que ambos residen en la misma dirección.

Es necesario que el padre o la madre del ciudadano español haya cumplido 65 años para poder solicitar en España la Raíces familiares.

No es necesario que el hijo español trabaje en España, puede estar desempleado, recién llegado al país, o en cualquier situación laboral.

Cuando tengas esta documentación, puedes ponerte en contacto con nosotros, te haremos la solicitud de residencia (Raíces familiares) telemática (online), te facilitamos los trámites, para que no tengas que salir de casa.

Todos estos documentos hay que escanearlos con la máquina, no con fotos del móvil, cada uno en un pdf.

Puede escribirnos por correo electrónico: [email protected]

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