Sociedad Limitada de Nueva Empresa nació para quitar trabas

No pasaría mucho tiempo después del cambio de milenio cuando España empezó a ver empresas con nombres como «Moreno Albalá, Cristina, SLNE» o «Campos Villar, Alberto, Sociedad Limitada de Nueva Empresa». Y no fue hasta 2003 que la ley española incorporó esta nueva fórmula, Nueva Sociedad Limitada, como hermana menor de Sociedad Limitada. Su objetivo era dar flexibilidad a estos últimos y facilitar el desarrollo de diversas actividades sin necesidad de modificar los estatutos.

También tiene una serie de ventajas fiscales, incluida la posibilidad aplazar los pagos a Hacienda sin necesidad de aportar garantías siempre que correspondan al Impuesto a la Renta correspondiente a los dos primeros ejercicios fiscales concluidos desde la constitución.

No obstante, también existen limitaciones como el hecho de que el número máximo de asociados sea cinco y que el capital social desembolsado esté entre 3.000 y 120.000 euros.

Independientes y Emprendedores ofrecen las claves a quienes eligen esta fórmula.

La nueva sociedad de responsabilidad limitada es un tipo de sociedad de responsabilidad limitada nacida en 2003 y que fue regulada por Real Decreto de julio de 2010.

El número máximo de socios está limitado a cinco y deben ser personas físicas, nunca entidades legales. Se organizarán en dos estructuras, una Junta General de Accionistas y un órgano de dirección único o plural.

En relación a Capital social Será un mínimo de 3.000 euros y un máximo de 120.000 euros. En todo caso, se dividirá en acciones sociales, limitándose la responsabilidad de los socios frente a terceros al capital aportado.

Además, la nueva sociedad de responsabilidad limitada tendrá las siguientes características:

  • Su objeto social es genérico, lo que permite mayor flexibilidad en el desarrollo de diferentes actividades empresariales sin necesidad de modificar el estatuto social para ejercerlos.
  • El nombre de la empresa consta del nombre y apellido de uno de los socios más un código alfanumérico único (ID-CIRCE). Debe ir acompañada de la etiqueta «New Company Limited Company» o la abreviatura «SLNE». Por ejemplo, «Castellón Montoro, Alfredo, SLNE».
  • Se pueden utilizar pautas que reduzcan el tiempo de los notarios y registradores a un máximo de 24 horas cada uno.
  • Pueden ser ambos en línea como en persona
  • Pueden continuar su actividad en forma de LLC con el acuerdo de la Asamblea General y la adaptación del estatuto.

La figura de la nueva sociedad de responsabilidad limitada se creó para facilitar su incorporación a los emprendedores. El propio Gobierno, a través de la web de CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) señala que si se opta por la forma de tramitación telemática con estatus indicativo, la empresa se puede constituir en 48 horas.

Partimos de la premisa de que al contar con una denominación social especial -nombre y apellido de uno de los asociados junto con ID-CIRCE- el trámite del Registro Mercantil se reduce a un máximo de 24 horas, frente a los tres días hábiles del otros tipos. del nombre de la empresa que requiere verificación.

Además, cuanto menos burocracia hay, las otras ventajas son:

  • El propósito de la empresa es genérico.
  • Los órganos corporativos son simples.
  • No se requiere la tarjeta de registro de su socio.
  • Durante los tres meses desde la constitución, el nombre de la empresa se puede cambiar sin costo.
  • los Anuncio de la Asamblea General Se puede realizar tanto de forma rutinaria a todas las Sociedades de Responsabilidad Limitada ordinarias como por correo certificado, con acuse de recibo, a la dirección indicada por los socios o por correo electrónico. En este caso, debe probarse que se envió dicho mensaje. No será necesario publicar el aviso de convocatoria ni en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) ni en ninguno de los diarios de mayor circulación del término municipal en el que se ubique la sede de la Sociedad de Responsabilidad Limitada para encontrar el nueva compañia.

Las ventajas fiscales de la sociedad de responsabilidad limitada de una nueva sociedad

Quienes eligen esta fórmula para desarrollar su proyecto tienen una serie de ventajas fiscales como la posibilidad de formaliza un aplazamiento sin necesidad de aportar garantías sobre posibles pasivos fiscales derivados del pago del impuesto de sociedades de los dos primeros ejercicios fiscales concluidos desde el establecimiento. También pueden diferir sin garantía el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Además, podrán diferir o dividir, con o sin garantías, los importes de las retenciones o rentas a cuenta del IRPF (IRPF) que devenguen en el primer año posterior a su constitución.

Asimismo, no están obligados a realizar pagos fraccionados del Impuesto a la Renta, a cuenta de las liquidaciones correspondientes a los dos primeros ejercicios fiscales desde el establecimiento.

Por otro lado, tienen la posibilidad de abrir una cuenta de ahorro de la empresa para constitución con una duración de tres años y con al menos una ubicación y un empleado. Esta cuenta de ahorros de la empresa tendrá ventajas fiscales similares a la cuenta de ahorros para el hogar.

Tres son las principales «desventajas» de New Company Limited Company. El primero es limitar el número de socios a cinco, que tampoco pueden cotizar en bolsa.

La segunda es que la razón social será siempre la de uno de los socios, acompañada de ID-CIRCE y el nombre completo correspondiente al tipo de empresa o sus siglas (SLNE).

Lo que puede ser una desventaja real es que, en ciertos niveles de beneficios, la imposición fija del impuesto sobre la renta de las empresas puede ser menos beneficiosa que la tasa variable del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Cuando un emprendedor elige esta fórmula corporativa, debe tener en cuenta las particularidades que existen al momento de establecerla.

Si opta por el trámite telemático utilizando DUE (Documento Electrónico Único), se ahorrará el viaje, tiempo y costos, siendo duración del proceso de un máximo de 18 horas de trabajo.

Si se elige la ruta tradicional, el procedimiento pasará por los siguientes pasos.

  • Obtenga el nombre de la empresa.
  • Una vez finalizado este trámite, la Agencia Tributaria le asignará un número de identificación fiscal (NIF).
  • En tercer lugar, acude al notario para realizar el Acto Público.
  • Pagar la tarifa correspondiente por transferencias de propiedad y documentos legales documentados.
  • Finalmente, inscribir la empresa en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente.

Gastos de constitución de nueva sociedad anónima

La Sociedad Anónima Nueva Sociedad no supone ningún coste adicional al aplicable al resto de sociedades, que, dependiendo de las consultorías que la gestionen, oscilan entre los 400 y los 1.000 euros. Cabe recordar, además, que el capital social a depositar será de entre 3.000 y 12.000 euros.

Ayudas para la constitución de una nueva sociedad anónima

Al igual que con los gastos, no hay ayuda en esto para Sociedades Anónimas Nuevas. Cualquiera que opte por trabajar bajo esta fórmula legal puede beneficiarse de ayudas e incentivos al emprendimiento, innovación … así como a particulares de los sectores en los que se desarrolla la actividad.

Estatuto de la nueva sociedad de responsabilidad limitada

Aunque el estatuto de la Sociedad Anónima Nueva Sociedad Limitada debe adecuarse a las particularidades de la empresa y de la actividad. El modelo habitual se divide en seis títulos:

  • Disposición general. Cuando se incluyan las secciones de denominación social de la Nueva Sociedad Anónima, el objeto (que es la actividad o actividades a realizar), la duración y la dirección
  • Capital social y participaciones. Debería ser detalla la cifra inicial del capital social, como transmisiones voluntarias o entre los vivos al igual que causa de la muerte. Eventualmente, algunas reglas comunes se incorporarán a ambos.
  • El tercer capítulo estará dedicado a los órganos corporativos. Esto explicará el funcionamiento de la Asamblea General así como el órgano de representación. Lo harán también incorpora apartados en los que se aclara cuál será el poder de representación del administrador o administradores y sus atribuciones.
  • Cuentas anuales. Incluirá el período del año y el plazo de presentación, así como la forma y contenido de la presentación de dichas cuentas anuales.
  • Continuación de operaciones como sociedad de responsabilidad limitada, disolución y liquidación. En este apartado se detallará el procedimiento a seguir en cualquiera de los tres casos.
  • Disposiciones complementarias.