Es bien sabido que estudiantes que llegan a España Con una visa de estudios aprobada, pueden combinar la formación con un trabajo a tiempo parcial, o puede ser a tiempo completo siempre que este tiempo completo no supere los tres meses, a través de un Trabajar por cuenta ajena o ser autónomo.
Te detallaremos los requisitos para poder solicitar este permiso de trabajo a España:
1. REQUISITOS NECESARIOS:
1. Las actividades laborales deben ser compatibles con la realización de los estudios.
2. Los ingresos obtenidos no deberán tener el carácter de recurso necesario para su existencia o estancia, ni serán tenidos en cuenta en el procedimiento de prórroga de la estancia.
2. REQUISITOS NECESARIOS PARA LA ACTIVIDAD EMPLEADA:
3. El estudiante extranjero deberá tener la formación y, en su caso, la cualificación profesional exigidas por la ley para el ejercicio de la profesión.
4. La empresa solicitante deberá estar inscrita en el sistema de seguridad social y estar al corriente de las obligaciones fiscales y de seguridad social y acreditar medios económicos, materiales o personales suficientes para cumplir las obligaciones asumidas por el contrato.
Si el empresario es una persona física, deberá acreditar, con la deducción del salario pactado, el 100% del IPREM si no hay personas a su cargo (579,02 euros al mes en este año 2022).
Si la unidad familiar incluye dos miembros, 200% (1158,04 euros en este año 2022). Si la unidad familiar es de más de dos personas, a la cantidad anterior se le debe sumar el 50% del IPREM por cada miembro adicional (1158,04+289,51 euros).
5. El contrato deberá formalizarse por escrito y deberá ser a tiempo parcial. Si es a tiempo completo, su duración no debe exceder de tres meses ni coincidir con los periodos en los que se realicen los estudios. Por otra parte, las condiciones establecidas en el contrato de trabajo deberán ajustarse a las establecidas por la normativa vigente.
2. REQUISITOS PARA LA ACTIVIDAD INDEPENDIENTE:
(3) La actividad debe ser a tiempo parcial o, si es a tiempo completo, su duración no puede exceder de tres meses ni coincidir con los períodos en los que se realizan los estudios.
4. Cumplir con los requisitos que la legislación vigente impone para la apertura y funcionamiento de la actividad prevista
5. Disponer de la necesaria cualificación profesional o suficiente experiencia acreditada en el ejercicio de la actividad profesional, así como, en su caso, la colegiación cuando sea necesaria.
6. Ser capaz de demostrar que la inversión prevista es suficiente y el impacto, en su caso, en la creación de empleo.
7. Dispone de recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento (si los recursos proceden del ejercicio de la actividad, su valoración se realizará previa deducción de los necesarios para cubrir los gastos derivados de la actividad).
3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Nota: En general, se deben proporcionar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de la solicitud.
1. El modelo de formulario de solicitud oficial (EX-12) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el empleador si presenta la solicitud en nombre de otra persona o por el estudiante si realiza la solicitud por su cuenta, disponible en
http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/
2. Pasaporte completo, documento de viaje o documento de registro vigente.
3. La documentación que acredite la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
4. Documentación que acredite la compatibilidad estudios con actividad laboral
5. Si solicita autorización para la cuenta de otra persona:
a. Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización: o Si es un empresario individual: NIF o NIE o consentimiento para verificar los datos de identidad a través del Sistema de
Acreditación de los datos de identidad y domicilio o Si se trata de una persona jurídica (SA, SL, Cooperativa, etc.): o El NIF de la sociedad y la copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente o Documento público que acredite que la El firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa o NIF o NIE del firmante de la solicitud o el consentimiento para la verificación de datos de identidad a través del Sistema de verificación de datos de identidad y residencia.
b) Contrato de trabajo suscrito por empleador y trabajador.
c) Documentación acreditativa de los medios económicos para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
5. Si solicita la autorización por su cuenta:
a. En actividades profesionales independientes que lo requieran, certificado de afiliación.
b) La relación de las autorizaciones o licencias requeridas para la instalación, apertura o la situación en que se encuentren los trámites para su realización, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los órganos correspondientes.
c) La documentación que acredite la formación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
d) Acreditación de que existe suficiente inversión económica o compromiso de apoyo de entidades financieras u otras.
y. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, los puestos de trabajo que se prevé crear.
Con independencia de su justificación por otros medios admisibles en derecho, los apartados c, d y e. podrán acreditarse mediante el informe de evaluación emitido por alguno de los siguientes organismos:
Unión de Profesionales y Trabajadores Independientes (UPTA)
Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales
Autónomos (ASNEPA)
Confederación Intersectorial de Independientes del Estado
Español (CIAE)
Organización de Profesionales e Independientes (OPA)
El pozo: incluir.gob.es
Si tienes dudas sobre este trámite si quieres hacer un visado de estudios o cambios, podemos te aconsejo por videollamada. También puedes escribirnos al whatsapp +34 682 518 339.