Todas las ayudas para amas de casa en 2023

FAMILIAR

Las amas de casa son las que más se pasan por alto cuando se trata de asistencia laboral. Ahora, afortunadamente, se puede buscar ayuda. De hecho, existe alguna ayuda que va más allá de lo económico, con oportunidades de formación. Hoy, en Tus Ayudas, todo sobre la ayuda que pueden pedir las amas de casa.

Toda la ayuda para las amas de casa.

La figura de las amas de casa y los maridos es cada vez menos común debido al elevado coste de la vida. Ahora, hay muchas personas que todavía dependen de los ingresos de su pareja para vivir. Es posible que Hace tiempo que están fuera del mercado laboral y ahora es el momento de regresar. Hay que tener en cuenta que se corresponden con pequeñas subvenciones cuya intención es ayudar a salir de una situación complicada.

Importante

Son ayudas que no sólo van dirigidas a amas de casa, sino también a aquellas que llevan mucho tiempo en el paro. De hecho, también existen prestaciones para los desempleados de larga duración.

Renta Activa de Inserción (RAI)

La renta activa de inserción es una ayuda económica mensual para personas que, tras recibir una prestación, aún no encuentran trabajo. formar parte de uno de los grupos que más complicado lo tienen, entre ellos las amas de casa:

  • Parados de larga duración de 45 años o más.
  • Personas con discapacidad (mínimo con discapacidad reconocida del 33%).
  • Víctimas de violencia doméstica o de género.
  • Personas que han regresado a España después de residir un periodo de tiempo en el extranjero. Es decir, emigrantes retornados de 45 años o más.

La cuantía de esta ayuda es de 480 euros, es decir, el 80% del IPREM. Tiene una duración de 11 meses, aunque puede ampliarse según la situación. Podrás solicitarlo hasta 3 veces.

Requisitos para reclamar la renta activa de inserción

  • En primer lugar, es imprescindible estar registrado como desempleado y buscando trabajo. Durante todo el periodo en el que estuvo registrado como tal no podrá rechazar ofertas de empleo o formación.
  • Es imprescindible que no hayas alcanzado la edad de jubilación de 65 años. En este caso, tendrás que solicitar la pensión ordinaria.
  • Tus ingresos deben ser menos que 723,75€ al mes. Esta cantidad se obtiene calculando el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
  • Si vives con tu pareja, hijos (menores de 26 años) o menores en acogida, tendrás que sumar los ingresos de todos y dividirlos por el número de miembros. Para poder acogerse al RAI, el resultado debe ser inferior a 723,75 € al mes.

Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción

El SEPE es el organismo encargado de tramitar estas ayudas. De esta forma, el trámite podrá realizarse tanto de forma presencial (en su red de oficinas) como online. Eso sí, debes tener en cuenta que para realizar el trámite online necesitas disponer del certificado digital.

Ingreso mínimo vital (IMV)

El Ingreso Mínimo Vital es uno de los beneficios más populares que existen. Se trata de una ayuda destinada a aquellas personas que no pueden cubrir sus necesidades básicas por no disponer de ingresos suficientes.

Cómo reclamar el Ingreso Mínimo Vital

En este caso, el ingreso mínimo vital solicitado a través del Seguro Social. Es una de las ayudas a las que también pueden acogerse las amas de casa. En este caso, se tramita a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social:

  • Sin certificado digital ni cl@ve. La solicitud se tramita a través del servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Con certificado digital o cl@ve. En este caso, el IMV se solicita a través de la Sede Electrónica del Seguro Social.

Requisitos de ingreso mínimo vitalAyudar a las familias en Cataluña

  • Tener al menos 23 años.
  • Tener residencia en España durante al menos 1 año para todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia.
  • Ha solicitado todas las prestaciones a las que pueda tener derecho, como pensiones especiales. Algunas de ellas son la ayuda por insuficiencia de cotizaciones, prestaciones no contributivas, ayuda extraordinaria, renta activa de inserción o renta mínima de inserción.
  • Tener unos ingresos inferiores a lo que se considera ingreso mínimo vital.

Prestaciones del SEPE para mayores de 45 años

Cómo solicitar la prestación SEPE para mayores de 45 años

A partir de ahora podrás postular tanto de forma presencial como online a través de los siguientes canales:

  • A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): para ello será necesario acceder con DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital. Si no los tienes, te recomendamos hacerlo para agilizar los procesos de obtención de ayuda.
  • Presencialmente en alguna de las oficinas del SEPE de tu ciudad. En este caso es imprescindible concertar cita previa.
  • Lo mejor es presentar la solicitud en línea. De este modo No será necesario acudir a ninguna de las oficinas del SEPE.

Requisitos para las prestaciones del SEPE para mayores de 45 años

  • Estar desempleado y registrado como demandante de empleo.
  • No haber rechazado alguno de los trabajos de prácticas o formación gubernamentales.
  • Debes haber percibido la prestación por desempleo durante el periodo que te correspondía y haberla completado. Se entiende por desempleo la prestación contributiva por desempleo.
  • Tus ingresos mensuales deben ser iguales o inferiores a 723,75€ al mes.
  • Debes tener entre 45 y 51 años en el último mes que percibiste la prestación por desempleo.

Prestaciones del SEPE para mayores de 52 años

Cómo solicitar la prestación SEPE para mayores de 52 años

Esta prestación la concede el SEPE. Para tramitarla podrá realizar cualquiera de las siguientes acciones:

  • A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo (SEPE). Para ello será necesario acceder con DNI electrónico, cl@ve o certificado digital. Si no los tienes, te recomendamos hacerlo para agilizar los procesos de obtención de ayuda.
  • En persona en alguna de las oficinas del SEPE de tu ciudad. En este caso es imprescindible concertar cita previa.

Requisitos para la prestación del SEPE para mayores de 52 años

Podrás reclamar la prestación para mayores de 52 años siempre y cuando:

  • Las prestaciones por desempleo se han agotado.
  • Ha regresado a España después de haber trabajado un mínimo de 12 meses en los últimos 6 años fuera del país. Entonces eres un emigrante retornado.
  • Recientemente se ha revisado su nivel de invalidez y ha perdido su pensión de incapacidad permanente.
  • Ha salido de prisión después de cumplir una condena de al menos 6 meses.
  • No tienes derecho al desempleo por falta de cotizaciones.

Ayuda con responsabilidades familiares.

Cuando hablamos de apoyo familiar, normalmente nos referimos a las prestaciones por desempleo. Hay casos en los que la persona no ha aportado los 360 días necesarios para acceder a él. Por tanto, es una solución que cubre hasta el 80% del SMI. Tener un hijo menor de 26 años sin ingresos también cuenta para recibir ayuda.

Cómo obtener ayuda con las responsabilidades familiares

Si dispones de certificado digital, DNI electrónico o clave, es posible solicítelo a través de la Sede Electrónica del SEPE. Si no los tienes, utiliza los siguientes sistemas:

  • Nuevo formulario de presolicitud. Es un servicio que permite solicitar subvenciones online, pero sin necesidad de disponer de un certificado digital.
  • Presenta la información sobre la subvención que vas a solicitar y cuando el gestor del SEPE la recibe, la tramita y se pone en contacto contigo si es necesario para facilitarte más información.
  • Solicitud personal en oficinas de empleo. Para ello es obligatorio concertar cita previa.

Requisitos para solicitar ayuda con responsabilidades familiares

  • Estar desempleado.
  • Estar registrado como demandante de empleo por el plazo de un mes desde el agotamiento de la prestación. sin rechazarlo oferta de trabajo ni haberse negado a participar en la formación. El registro deberá mantenerse durante todo el periodo de la subvención.
  • Firmar el compromiso de actividad.
  • Tras agotar la prestación por desempleo a nivel contributivo.
  • Tener responsabilidades familiares.
  • Falta de ingresos, de cualquier tipo, superior al 75% del salario mínimo interprofesionalexcluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.