Tengo cita previa con la Seguridad Social, ¿qué hago ahora?

Tras el cierre de la atención al público en las oficinas de la Seguridad Social decretado ante la pandemia del COVID-19, la Seguridad Social está realizando un importante esfuerzo para seguir atendiendo los trámites urgentes y no diferidos a través de diferentes canales.

Así, si tenías una cita para solicitar tu prestación por jubilación, por parto o por cuidado de hijos, etc. puedes seguir haciéndolo, te decimos cómo:

Si no tiene métodos de autenticación seguros

Si no dispone de las credenciales indicadas (certificado digital o cl@ve permanente), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado un servicio a través del cual puedes presentar tu solicitud sin necesidad de identificación electrónica.

Este servicio está disponible en la Sede Electrónica siguiendo la ruta Ciudadanos / Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social) /accediendo a través de la opción sin certificado digital.

El interesado deberá remitir a la Dirección Provincial correspondiente en cada caso los formularios relativos a su solicitud (jubilación, por nacimiento o cuidado de hijo, etc.) debidamente cumplimentados. Estos formularios están disponibles en el sitio web del Seguro Social en ruta Pensionistas / servicios / prestación / solicitudes de pensión.

No obstante, por motivos de seguridad, en el caso de la identificación electrónica, es recomendable hacer uso de los canales que solicitan dicha identificación y que explicamos a continuación.

Si tienes certificado digital o Cl@ve

Los ciudadanos podrán presentar su solicitud a través del Sede Electrónica de la Seguridad Social o el portal Tu Seguridad Social identificando con certificado digital la clave permanente.

En el caso de la prestación por nacimiento o cuidado de un hijo, debemos tener en cuenta varias consideraciones:

  • En el caso de una reclamación de beneficios disfrutar de todo el período de disfrute ininterrumpidamentepodrán utilizar el portal “Tu seguridad social”.
  • Si tienes previsto disfrutar de los periodos de descanso de forma intermitente, puedes utilizar el citado portal solicitar el primer periodo de descanso.
  • Si es uno de los períodos sucesivos, deben usar el servicio Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones desde Sede Electrónica.

Tanto el INSS como la TGSS y el ISM seguirán trabajando en la mejora de los servicios con el objetivo de que los ciudadanos sigan realizando sus trámites de la forma más cómoda y rápida posible.

Por último, cabe recordar que estos servicios también están disponibles para los ciudadanos que no tenían cita previa.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir arriba