Seguro Escolar Obligatorio

¿Problemas de salud en un viaje escolar organizado por una escuela? ¿Una caída o lesión en un campo de entrenamiento en el patio de la escuela secundaria? A partir de 3º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y hasta los 28 años, los estudiantes españoles y extranjeros residentes legalmente en España deberán abonar una tasa anual obligatoria (1,12 euros) en el momento de la matrícula de cada curso para ser admitidos. a las prestaciones médicas y económicas de este seguro. En cualquier caso, son los colegios los que remitirán a la Seguridad Social las tasas cobradas a los alumnos.

¿Qué riesgos cubre?

►Accidentes escolares. En estos casos, se cubre la atención médica, farmacéutica y, en su caso, la cirugía, hasta la curación del alumno. La asistencia se prestará en centros sanitarios públicos, concertados o colaboradores.

Este seguro conlleva una compensación económica. Si como consecuencia del accidente se reconoce al estudiante una incapacidad permanente y absoluta para los estudios ya iniciados, la indemnización oscila entre 150,25 euros y 601,01 euros. En la gran incapacidad para estudios, si queda incapacitado para los actos más esenciales de la vida, le corresponde una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales.

►Enfermedad. La acción protectora del seguro escolar garantiza la asistencia médica y farmacéutica completa hasta su curación o hasta el final del curso, si no se ha matriculado otro.

La atención farmacéutica será completa en los casos de hospitalización, y el beneficiario sólo deberá pagar el 30% de su caso en los casos de tratamiento ambulatorio. En el caso de que los medicamentos hayan sido recetados por un médico de salud pública, el estudiante pagará la diferencia entre el 40% que le corresponde como beneficiario de la Seguridad Social, y el 30%, como parte de la cobertura del seguro escolar.

En todo caso, quedan excluidos de esta protección los medicamentos no cubiertos por la Seguridad Social.

Se incluye la hospitalización, consistente en los servicios de: cirugía general, neuropsiquiatría, tuberculosis pulmonar y ósea y tocología. En determinados casos se puede realizar fisioterapia, cobaltoterapia, radioterapia, riñón artificial y radioterapia, así como cirugía maxilofacial.

►Lesión familiar. Este beneficio cubre situaciones que hayan ocurrido en el hogar del estudiante que le impidan continuar con sus estudios, incluido el doctorado. Pueden ser la muerte de la madre o del padre siempre y cuando hayan aportado ingresos al hogar, así como la ruina o quiebra de la familia. En estos casos, el seguro prevé cantidades anuales que van desde los 86,55 euros hasta los 129,82 euros a pagar durante el número de años que resten al beneficiario para terminar con normalidad y sin repetir curso, su carrera.

¿Cuándo se paga?

El pago de la cuota del seguro se realiza obligatoriamente junto con el pago de la matrícula de cada curso escolar: 1,12 euros por alumno y la misma cantidad por el ministerio competente.

¿Cómo se procesa?

No tienes que preocuparte por la tramitación ya que son los colegios los que enviarán a la Seguridad Social las tasas cobradas a los alumnos.

Con el objetivo de facilitar a los Centros Educativos el ingreso de las cuotas del Seguro Escolar y la presentación del Padrón de alumnos matriculados, se han creado en Red System en línea (tanto para RED Internet autorizada, como para RED Directo y Sistema de Liquidación Directa), y en la Sede Electrónica (SEDESS) tanto la emisión de comprobantes para la liquidación de cuotas del Seguro Escolar, como el servicio de presentación del listado de alumnos matriculados .

¿Dónde se solicita?

Las solicitudes de cualquiera de las prestaciones del seguro escolar deben presentarse en los Centros de Información y Atención de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

¿Cuándo se extingue?

El beneficio expirará cuando el estudiante cumpla 28 años.

Documentación a aportar al solicitar una prestación:

Junto con la solicitud, deberás presentar tu DNI o Libro de Familia, pasaporte, DNI, permiso o tarjeta de residencia junto con el resguardo de la hoja de matrícula en la que consten el curso, las asignaturas y el pago del seguro escolar.

Para más información siempre se puede acudir a un Centro de Atención e Información de Seguridad o visitar la página web de Seguridad Social.