El Cuerpo Superior de Abogados de la Administración de la Seguridad Social se refuerza con 19 nuevos aspirantes que inician esta semana el curso de selección para su incorporación a este departamento tras superar las pruebas de oposición.
El Secretario de Estado, Octavio Granado, acompañado de la Directora del Servicio Jurídico, María Ángeles Lozano Mostazo, les dio la bienvenida a esta Administración. “Posiblemente la más numerosa y con mayor presencia en todo el territorio nacional, ya que mantiene una relación con aproximadamente cuatro de cada cinco ciudadanos de nuestro país, entre cotizantes y perceptores de algún tipo de prestación”.
Granado les transmitió que se incorporan a un Cuerpo muy dinámico, en constante aprendizaje para adaptarse a las nuevas normativas y en un momento en el que la Seguridad Social debe adaptarse a los nuevos modelos productivos y laborales, para dar respuesta a las necesidades de la sociedad.
En este sentido, ha dado ejemplos de nuevas normativas «Te van a dar mucho trabajo en los próximos meses». como la prórroga hasta 2023 en la jubilación parcial con contrato de reposición para dar solución a sectores productivos muy concretos donde esta modalidad es vital, como la industria manufacturera, siempre que se cumplan determinados requisitos:
- Que el trabajador que solicita acceder a la jubilación parcial realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o un alto grado de atención.
- Acreditar una antigüedad mínima de seis años en la empresa inmediatamente anterior a la fecha de jubilación parcial.
- Que en el momento del hecho causante de la jubilación parcial el porcentaje de trabajadores de la empresa cuyo contrato de trabajo sea por tiempo indefinido, supere el 70% del total de trabajadores de su plantilla.
- Que la reducción de la jornada de trabajo del jubilado a tiempo parcial sea entre un mínimo del 25% y un máximo del 67%, o del 80% para los casos en que el relevista sea contratado a tiempo completo mediante contrato de duración indefinida.
- Que exista una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado a tiempo parcial.
- Que se acredite un período de cotización de 33 años a la fecha del hecho que da lugar a la jubilación parcial.
Otra de las novedades a las que se refiere el secretario de Estado es el resultado de las inspecciones realizadas al amparo del Plan Director para el Trabajo Digno para solucionar problemas de encuadramiento erróneo de los trabajadores que pueden estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en lugar del Régimen General.
Por último, recordó las mejoras realizadas en el RETA para aumentar la protección social de este colectivo a los niveles más altos de Europa. Una mejora de beneficios como el cese de actividad en el que se pretende eliminar criterios arbitrarios en la concesión de dicho beneficio con la constitución de comisiones en las que estarán representados por mutuas, asociaciones representativas de trabajadores autónomos y la Administración de Seguridad Social y emitirá un informe vinculante en los casos en que no exista acuerdo previo. Comisiones en las que los abogados de la Seguridad Social serán fundamentales para fijar los criterios.