Tambor, platillos, guitarra y armónica. Hay quienes se sienten el hombre de la orquesta en su día a día aunque la música no les acompañe. Pluriactividad y pluriempleo están a la orden del día. A veces, porque un solo trabajo no alcanza para llegar a fin de mes; otras veces, porque el trabajo que regalas está lejos de ser un sueño por el que tienes que seguir luchando.
En todo caso, conciliar dos actividades diferentes al mismo tiempo es legal y por lo tanto respondiendo al titular, se puede ser autónomo y autónomo. Los requisitos son cumplir con las obligaciones impuestas por la Seguridad Social y que varían en función del tipo de situación laboral.
pluriactividad
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En este post, vamos a entrar en el ámbito de la pluriactividad. Y, para eso, lo primero que hay que tener muy claro es el significado del término, porque aunque lo parezca, no es sinónimo de «múltiples empleos». Es una situación en la que se realizan dos o más actividades laborales, que están obligados a cotizar a más de un Régimen de Seguridad Social. En este sentido, podemos encontrar diferentes escenarios. Hablemos de los tres más comunes.
Realizar dos o más actividades por cuenta propia
Está no es un caso de pluriactividad propiamente hablando, ya que los trabajadores sólo cotizan en el RETA. Sin embargo, es importante señalar que los autónomos tienen la oportunidad de ejercer más de una actividad pagando una sola cuota. Eso sí, para hacerlo, primero deben darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de estas actividades y comunicarlo a la Seguridad Social. Si ambas obras se van a realizar en un mismo local, será necesario contar con la autorización del ayuntamiento y cumplir con las normas necesarias en cada caso.
Tener un trabajo por cuenta propia y realizar una actividad secundaria por cuenta propia
Nos referimos a aquellos casos en los que el trabajador realiza una actividad determinada, distinta de la empresa en la que está empleado y que no es su principal sustento. En estos casos, surge la duda de si es necesario o no ser autónomo. Esta es una situación compleja, que ya hemos abordado en este post.
Existe la posibilidad de registrarse en Hacienda, facturar y cumplir con la mitad de las obligaciones, en el caso de que la actividad por cuenta propia no alcance el salario mínimo interprofesional. ¡Pero ten cuidado! No existe una legislación en esta materia que garantice que la Seguridad Social no pueda sancionarte en caso de inspección. Hasta ahora tan bueno solo hay algo de jurisprudencia. Por eso debes valorarlo lo mejor que puedas. ser o no ser autonomo. Si decides darte de alta y huir de la economía sumergida, te encontrarás en lo que se denomina “Situación de multiactividad”.
Ser empleado y ser autónomo al mismo tiempo
Hablamos de aquellas personas que, teniendo un contrato de trabajo, deciden darse de alta como autónomos. Para ellos, la Ley de Emprendimiento establece bonificaciones importantes. Durante los dieciocho primeros meses, los autónomos en situación de pluriactividad pueden reducir su base de cotización hasta el 50%, que serían 442,2 euros. En los próximos dieciocho meses la reducción puede llegar hasta el 75%. Es decir, serían 663,3 euros.
Hay que decir, sin embargo, que estas ventajas fiscales sólo existen disponible para autónomos primerizos. Además, son incompatibles con la tarifa plana de 50 euros, aunque puedes elegir la alternativa que más te convenga en cada caso.
Uno de los principales derechos de los trabajadores en situación de pluriactividad es que tienen dos pensiones, siempre que hayan cumplido los requisitos establecidos en cada uno de los regímenes en los que se encuentren inscritos. Para más detalles te recomendamos que leas este otro artículo sobre el pluriactividad de los autónomos.