Presentar la declaración trimestral del IVA fuera de plazo

¿te ha pasado complementar el modelo 303? Te explicamos cómo presentar tu declaración IVA fuera de plazo y recargos y sanciones que puedes enfrentar.

¿Eres autónomo y has tenido que presentar tu liquidación de IVA? ¡Atención!

Acabas de terminar el plazo y te das cuenta de que olvidaste enviar el devolución de IVA. ¿Y ahora qué? Piensas: “Ya tienes muchos gastos AUTÓNOMO ¡como para hacer frente a una sanción de Hacienda!”. Pues tranquilo, porque antes de ser sancionado existe la posibilidad de corregir el error.

Solo tienes que dirigirte a la oficina tributaria que corresponda a tu domicilio fiscal y presentar el modelo 303 o, telemáticamente, cumplimentarlo «como si nada» en el Web de la Agencia Tributaria. Eso sí, te avisamos que si el finiquito es positivo y sales «a entrar» tendrás que lidiar con un recargo por presentar el IVA fuera de plazo.

Recargo de IVA vencido

La clave para pagar menos en esto declaración de IVA trimestral extemporánea Lo que ha sido positivo es que eres tú quien toma la iniciativa para corregir el error. Es decir, anímate y evita que Hacienda te envíe una solicitud. De esta forma solo te enfrentarás a un recargo y no a una sanción.

El importe de este recargo, que te será comunicado por Hacienda una vez realizado el pago correspondiente, irá aumentando a medida que transcurra el tiempo de presentación de la modelo 303. De este modo:

  • Si tarda menos de 3 meses: aplica recargo del 5% sobre el IVA pendiente de pago
  • Entre 3 y 6 meses: Se aplica un recargo del 10% sobre el IVA pendiente de pago
  • Entre 6 y 12 meses: Se aplica un recargo del 15% sobre el IVA pendiente de pago
  • A partir de 12 meses: aplica recargo del 20% sobre el IVA pendiente de liquidar + intereses de demora (3,75%)

Imaginemos que, después de darse cuenta del error y completarlo declaración trimestral del IVA, el importe pendiente de liquidar es de 100 euros. Si estás en los tres meses siguientes cuando deberías haberlo realizado, tendrás que tramitar un total de (100 € + 5% =) 105 €. Si lo haces entre el tercer y el sexto mes, el importe ascenderá a (100 € + 10% =) 110 €. Si lo haces entre 6 meses y un año, tendrás que hacer frente a un total de (100€ + 15% =) 115€.

A partir del año, tendrás que pagar los mismos 100€ iniciales más un recargo del 20% (20€) más intereses de demora (3,75% = 3,75€). ¡Cuidado! Tenga en cuenta que los intereses sobre los atrasos aumentarán a medida que posponga el pago de la deuda. En este último caso nuestra liquidación ascenderá a (100€ + 20€ + 3,75€ =) 123,75€. Gráficamente

Menos de 3 meses100€ + 5%Total a pagar = 105€
Entre 3 y 6 meses100€ + 10%Total a pagar = 110 €
Entre 6 y 12 meses100€ + 15%Total a pagar = 115€
A partir de 12 meses100€ + 20% (20€) + 3,75% (3,75€)Total a pagar = 123,75€

Hacienda sanción en el IVA fuera de plazo

no hay fecha exacta en el que Hacienda tiene que reclamar la liquidación trimestral del IVA, pero es normal dejar pasar todo ese año antes de que esto suceda. si finalmente el Agencia Tributaria te envía una solicitud la única opción, para no agravar la situación, es cumplir con las modelo 303.

Una vez presentado, si el acuerdo resulta ser negativo (no se requiere entrada), la sanción se convierte en una importe fijo de 225 € que tendrás que pagar también. Si es así positivo tendrás que lidiar con uno recargo de entre el 50 y el 150% del total de la deuda. Con el mismo ejemplo anterior, si teníamos que pagar 100€, ahora tenemos que pagar entre 150€, sumando el 50%, y 250€, sumando el 150%.

En cualquier caso, para evitar caer en situaciones tan complicadas, lo mejor es que contrates nuestra asesoría fiscal que te ayudará a solucionar todos tus problemas con Hacienda.