Edad de retiro
Tabla de contenidos
Una de las novedades es que se amplía progresivamente la edad normal de jubilación: de 65 a 67 años. Hoy, cualquier persona que quiera jubilarse debe hacerlo a los 65 años y 3 meses o debe haber cotizado durante 35 años y 9 meses. Así, desde 2013 la edad de jubilación de los actuales 65 años se está retrasando progresivamente hasta alcanzar los 67 años en 2027. Es decir, en 2015 un trabajador se jubilará a los 65 años y tres meses y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 años al final del período.
Hay una serie de excepciones
Para los que tienen carreras largas y también para los que tienen trabajos «dolorosos y peligrosos». Además, los trabajadores podrán seguir jubilándose a los 65 años conservando la pensión íntegra siempre que haya cotizado durante al menos 38 años y medio.
Incremento en el número de años de cotización
El número de años de cotización pasa de 35 a 37 años para tener derecho al 100% de la base reguladora. En este sentido, cabe aclarar que los años de cotización también irán aumentando paulatinamente para que puedas tener derecho al 100% de la base reguladora, es decir, se pasará de los 35 a los 37. En 2015 quien quiera jubilarse y cobrar íntegramente debe haber cotizado durante al menos 35 años y 9 meses; en 2016, 36 años o más; en 2017, 36 años y 3 meses; en 2018, 36 años y 6 meses, y así sucesivamente hasta alcanzar la edad de 38 años y 6 meses en 2027.
Es decir, si tu idea es jubilarte a los 65 años, debes tener en cuenta que a día de hoy debes haber estado afiliado a la Seguridad Social por un total de 35 años y 9 meses y con miras al 2027, una vez finalizado el proceso gradual. El proceso ha terminado, para la implementación de la reforma tendremos que cotizar un mínimo de 38 años y 6 meses para jubilarnos también a los 65 años.
Antes de la reforma 27/2011 sobre la edad de jubilación y la determinación de la base reguladora, había que cotizar un mínimo de 35 años cobrar el 100% de la pensión. Hoy, tiene que trabajar más duro y pagar más para recibir esa cantidad completa. No obstante, quienes lo deseen podrán jubilarse dos o cuatro años antes de la edad ordinaria, percibiendo una cantidad inferior por coeficientes reductores, en concreto, hasta el 8% por cada año adelantado.
Edad para modificar la base de cotización
Ha pasado la edad para realizar cambios en la base de cotización, a su criterio. de 49 a 46 años de edadya que a partir de los 47 años se introducen limitaciones en las bases máximas de cotización y en relación a lo cotizado (hay excepciones y particularidades, como trabajadores de 47 o más años que procedan del régimen general con una base superior a la mínima o los límites establecidos por edad en la norma, a los que se les permite elegir al menos la base que vendrían percibiendo si han cotizado 5 años al sistema).
Además, tienen modificó definitivamente los criterios para determinar la base reguladora y la edad de jubilación, que ha pasado de 15 a 25 años progresivamente por un lado, y de los 65 a los 67 años también progresivamente.
Esto significa que dentro de unos años, concretamente en 2022, no solo se tomarán como referencia para determinar la base reguladora de la jubilación no solo los últimos 15 años, sino los últimos 25 (en 2015 ya se toman como referencia los últimos 18), según detalla el abogado y experto en Asesoría Laboral, Simeón Gallego.
Edad adecuada para aumentar esa base
Se debe aumentar en 40 o 41 años. ya que su pensión se determinará sobre la base de las bases de cotización de los últimos 25 años, y “sobre una base que no exceda la pensión máxima de retiro de ese año en cuantía anual, y prorrateada en 12 cuotas mensuales, de lo contrario estaría aportando y pagando una cantidad mayor a la que recibiría cuando se jubile”.
Cambios en Planes de Pensiones
Comisiones
En los Planes de Pensiones se establecen un número de Comisiones que no pueden exceder de esta cuantía.
Por Dirección, el máximo es del 1,50% (anteriormente del 2%). Por Depósito 0,25% (antes 0,50%) lo que da un total de 1,75%, mientras que antes era 2,5%.
Aportaciones al Plan de Pensiones
A partir de enero de este año, independientemente de la edad del participante, solo se podrá aportar (y por tanto deducir) un máximo de 8.000 €. Además, también existe un límite, en particular, del 30% de la suma de las actividades económicas y los rendimientos netos del trabajo.