La solicitud de alimentos en el extranjero es un procedimiento que pretende facilitar al acreedor de alimentos, que tiene su domicilio en un mismo país, el cobro efectivo de los mismos, cuando el deudor y el acreedor de alimentos residen en países diferentes.
La obligación legal de alimentos entre parientes es la que recae sobre determinadas personas en virtud de una relación de familia, consanguinidad, matrimonio o afinidad para cubrir los gastos esenciales de manutención, habitación, vestido, asistencia médica.
Así como la educación y todos aquellos gastos necesarios para la subsistencia del menor y aún más tarde, cuando no haya concluido su formación por causas ajenas a su voluntad.
La demanda extranjera de alimentos (en adelante, la demanda de alimentos) es un procedimiento que tiene por objeto facilitar el cobro efectivo del acreedor de alimentos, que tiene su domicilio en un mismo país, cuando el deudor y el acreedor de alimentos residen en países diferentes y puede consistir en cualquiera de las siguientes afirmaciones:
- Reconocimiento y/o ejecución de una resolución judicial en materia de alimentos.
- Solicitud destinada a la obtención del derecho a la ayuda.
- Modificación de una orden judicial relativa al suministro de alimentos.
¿Cuál es la competencia del Ministerio de Justicia en esta materia?
Tabla de contenidos
La competencia del Ministerio de Justicia en materia alimentaria, a través de la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional como Autoridad Central española, se fundamenta en los siguientes instrumentos internacionales:
Convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero, concluida en Nueva York el 20.6.1956
Reglamento (CE) 4/2009, de 18 de diciembre de 2008, sobre competencia, ley aplicable, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y cooperación en las obligaciones alimentarias.
Acuerdo sobre el Cobro Internacional de Ayudas a los Hijos y Otras Familias, concluido el 23 de noviembre de 2007.
Este acuerdo reemplaza la Convención de Nueva York para aquellos estados que la hayan ratificado.
Tipos de solicitudes de pensión alimenticia
Existen dos tipos de procedimientos de solicitud de pensiones por hijos a cargo tramitados por el Ministerio de Justicia a través de la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional, como Autoridad Central designada por España, solicitudes activas y pasivas:
Los créditos de alimentos que un ciudadano residente en España (acreedor) reclama a otra persona (deudor), que reside en el extranjero, son activos. En este caso, las solicitudes se dirigen a la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional, que, a su vez, las remitirá, previa verificación de la documentación presentada, a la Autoridad Central extranjera correspondiente.
**En ningún caso las solicitudes de alimentos podrán ser enviadas directamente por el interesado a la Autoridad Central extranjera.
Los créditos de alimentos que tiene una persona (acreedor) residente en el extranjero los créditos de otra persona residente en España (deudor) son pasivos.
En este caso, la solicitud de alimentos deberá dirigirse a la Autoridad Central extranjera y ésta la remitirá a la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional como Autoridad Central española. En ningún caso el reclamante podrá dirigir la solicitud de alimentos directamente a la autoridad central española.
Requisitos formales para solicitar alimentos:
La documentación que debe presentarse con la solicitud de mantenimiento varía según el Acuerdo aplicable. Podemos distinguir la documentación común de cada convenio y la documentación específica de los tres convenios:
Documentación común a todos los convenios:
El acta de nacimiento de los menores o el documento legal que acredite la relación paterno-filial expedido por el Organismo Público competente
Certificado de estudios expedido por el Centro Educativo público o privado, y si el solicitante de alimentos es mayor de edad, el certificado será emitido por el Centro Educativo Público o Privado o la Universidad respectiva.
La situación económica y/o patrimonial del deudor, si se conoce.
Si no dispone de esta información, deberá comunicarla de forma expresa. Con respecto al deudor (el nombre y dirección de su empleador y la naturaleza y ubicación de los bienes) y cualquier otra información que permita ubicar al deudor.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DE CADA CONTRATO:
SOLICITUDES REALIZADAS EN LA CONVENCIÓN DE NUEVA YORK DE 1956
SOLICITUD, en el idioma correspondiente al país de destino. Si el descendiente del acreedor solicitante es mayor de edad, el formulario de solicitud será firmado por él.
- FORMULARIO DE PODER O AUTORIZACIÓN, mediante el cual se faculta a la autoridad central competente para actuar en nombre del solicitante. Si el descendiente del acreedor solicitante es mayor de edad, el formulario de poder será firmado por el solicitante.
- LISTA ACTUALIZADA DE CANTIDADES DEBIDAS Y PAGADAS, desglosadas mes a mes y año a año. Si la sentencia a ejecutar también condena el pago de intereses, éstos deberán sumarse al cómputo de la mora.
ACREDITACIÓN DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN, se deben distinguir tres casos:
- Si existe un acto judicial, administrativo, convenio reglamentario o cualquier otro documento público: deberá aportar copia certificada de la sentencia firme o resolución judicial debidamente apostillada, copia certificada del acto administrativo, público o convenio reglamentario cuyo reconocimiento o ejecución se solicitado.
A falta de documento judicial o administrativo, convenio regulador o cualquier otro documento público:
- Deberá acreditar la situación económica y patrimonial del solicitante y las necesidades del menor tales como educación, manutención, vivienda, salud y cualesquiera otros gastos indispensables para la existencia del beneficiario de alimentos, con la justificación documental de las necesidades antes mencionadas.
Si lo que solicita es modificar un documento judicial o administrativo, un convenio regulador o cualquier otro documento público:
Deberá acreditar documentalmente que las necesidades del acreedor (hijo) han aumentado y generan más gastos para el progenitor que vive con él y, si es posible, la justificación de que el deudor vive en España (si es manutención pasiva). o que el deudor residente en el extranjero (si hay una solicitud de pensión alimenticia activa) ha mejorado su situación económica y puede aportar una pensión mayor para mantener a su hijo.
La solicitud de alimentos junto con el resto de la documentación deberá redactarse en el idioma del país en el que se vaya a realizar el acto jurídico solicitado.
SOLICITUDES PRESENTADAS EN VIRTUD DEL CONVENIO SOBRE LA RECOGIDA INTERNACIONAL DE ALIMENTOS PARA LOS NIÑOS Y OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA, HECHO EN LA HAYA EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2007
FÓRMULAS a cumplimentar por los interesados:
- Español
- Inglés
- Francés
Varían en función del tipo de documento jurídico solicitado, tal y como se detalla a continuación:
Confirmación y/o ejecución de una resolución: ANEXO A o ANEXO B, junto con la copia completa de la resolución certificada por la autoridad competente.
Obtención de una resolución en el estado solicitado cuando no existe resolución previa:
ANEXO C. Deberá acreditar la situación económica y patrimonial del reclamante y las necesidades del menor tales como educación, manutención, vivienda, salud y cualquier otro gasto indispensable para la existencia del beneficiario de alimentos, aportando la justificación documental de las referidas necesidades. .
Modificación de una decisión:
ANEXO D. Debe documentar que las necesidades del acreedor (hijo/a) han aumentado y generan más gastos para el progenitor que vive con él y, si es posible, la justificación de que el deudor vive en España (si es una solicitud pasiva para mantenimiento). ), o que el deudor residente en el extranjero (si se tratara de un derecho activo de alimentos) ha mejorado su situación económica y puede aportar una pensión superior a la manutención de su hijo.
A su vez, todos estos anexos deberán ir acompañados del ANEXO I para la transmisión de datos personales y del ANEXO E para las circunstancias económicas, con indicando el monto de los atrasos, la fecha de su cálculo y, en su caso, el ajuste automático de la deuda por indexación, documento. que permite los cálculos.
FORMULARIO DE PODER O AUTORIZACIÓN, mediante el cual se faculta a la autoridad central competente para actuar en nombre del solicitante. Si el descendiente del acreedor solicitante es mayor de edad, el formulario de poder será firmado por el solicitante.
SOLICITUDES REALIZADAS EN RELACIÓN CON EL REGLAMENTO (CE) 4/2009
Los formularios necesarios para procesar las solicitudes de alimentos se pueden obtener en el siguiente enlace:
1) FÓRMULAS a completar por los interesados:
Varían en función del tipo de documento jurídico solicitado, tal y como se detalla a continuación:
1.1 Reconocimiento y/o ejecución de un acto judicial o administrativo, de un convenio regulador o de cualquier otro documento público:
ANEXO I para resoluciones judiciales anteriores al 19-06-2011 o ANEXO II para resoluciones judiciales anteriores al 18-06-2011 y en ambos casos ANEXO VI. Los anexos I y II serán cumplimentados por el tribunal de origen. La «parte A» del anexo VI la completa la autoridad central y la parte B el acreedor de alimentos.
ANEXO III o ANEXO IV para documentos públicos con fuerza ejecutiva y será cumplimentado por la autoridad competente del Estado miembro de origen. Los anexos deberán cumplimentarse en español y en el idioma del país donde se vaya a ejecutar la resolución. También remitirán copia testimonial de la resolución judicial, del acto administrativo, del convenio regulador o del documento público que se pretenda otorgar.
1.2 Solicitud para obtener o modificar una resolución sobre obligaciones alimentarias:
APÉNDICE VII. La «Parte A» la cumplimenta la autoridad central y la «Parte B» el acreedor de alimentos y debe cumplimentarse en español y en el idioma del país de residencia del deudor.
Deberá acreditar la situación económica y patrimonial del solicitante y las necesidades del menor tales como educación, manutención, vivienda, salud y cualesquiera otros gastos indispensables para la existencia del beneficiario de alimentos, con la justificación documental de las necesidades antes mencionadas.
Si lo que solicita es cambiar un documento judicial o administrativo, un acuerdo de conciliación o cualquier otro documento público: Debe presentar documentación que acredite que las necesidades del acreedor (hijo/a) han aumentado y están causando más gastos para el padre residente. con él y, si es posible, la justificación de que el deudor residente en España (si se tratara de una solicitud de alimentos pasivos) ha mejorado su situación económica y puede aportar una pensión más alta para mantener a su hijo
FORMULARIO DE PODER O AUTORIZACIÓN, mediante el cual se faculta a la autoridad central competente para actuar en nombre del solicitante. Si el descendiente del acreedor solicitante es mayor de edad, el formulario de poder será firmado por el solicitante.
LISTA ACTUALIZADA DE CANTIDADES DEBIDAS Y PAGADAS, desglosadas mes a mes y año a año. Si la sentencia a ejecutar también condena el pago de intereses, éstos deberán sumarse al cómputo de la mora.
¿Cómo y dónde se puede presentar una solicitud internacional de alimentos? Información del contacto
Todas las solicitudes de pensión alimenticia, con independencia de que el acreedor resida en España y el deudor en otro país, o que el acreedor resida en el extranjero y el deudor en España, pueden presentarse:
Por correo postal a la siguiente dirección:
Ministerio de Justicia. Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional .C/ Bolsa núm. 8
28071 – Madrid
Por correo electrónico a la siguiente dirección
[email protected]
No obstante, algunas Autoridades Centrales exigen la presentación de la documentación original, en cuyo caso sería necesaria la documentación adelantada por correo electrónico, para poder enviarla por correo postal.
EL POZO: MINISTERIO DE JUSTICIA
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