Mejoras en la pensión de viudedad

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se incrementa en 8 puntos el porcentaje de la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad. A partir de la nómina de agosto, la pensión de viudedad se calculará aplicando el 56% a la base reguladora, es decir, se incrementará el porcentaje en 4 puntos. A partir del 1 de enero de 2019, la prestación de viudedad será equivalente al 60% de la base reguladora, culminando con el incremento de 8 puntos.

Este aumento, que beneficia a las personas de 65 años y más que no perciban rentas del trabajo u otras pensiones, se notará en la nómina de agosto.

En definitiva, el objetivo es mejorar las pensiones de las personas mayores -65 años o más- de escasos recursos. En este sentido, la norma establece que no deben percibir otra pensión pública española o extranjera, ni rendimientos del trabajo u otros ingresos por encima del límite establecido.

Para quienes perciban una pensión mínima de viudedad complementada, el incremento no supondrá un aumento efectivo de salario. En este grupo, las pensiones ya reciben un complemento del Estado para alcanzar la cuantía mínima establecida cada año en los Presupuestos. Por lo tanto, esta mejora se absorbe en parte o en su totalidad en ese complemento pagado por el Estado.

Tener 65 años, no percibir otra pensión pública o renta que supere el límite fijado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), que es de 7.347,99 €/año para 2018, poder beneficiarse de la pensión mínima de viudedad, son los requisitos indispensables para aprovechar el aumento.

Los beneficios de este aumento no son consolidables, es decir, la persona recibirá la mejora en la pensión en tanto siga cumpliendo con los requisitos exigidos por la ley.

En todo caso, la mejora aprobada hoy es independiente del incremento adicional de pensiones que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero y que con carácter general es un incremento del 1,35% (que se suma al 0,25% aplicado en enero). En el caso de pensiones mínimas, el incremento adicional será del 3% (2,75% + 0,25%) en todas las modalidades. Este incremento ha sido aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para 2018.

La Seguridad Social prevé que la mejora de la pensión de viudedad afecte a unas 465.000 personas, en su mayoría mujeres, a partir del 1 de enero de 2019, cuando se complete la subida de la viudedad al 60% de la base reguladora.

Para la Seguridad Social, la aplicación de la base reguladora del 56% supone un incremento del gasto estimado de 301,31 millones de euros desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2018. A partir de 2019, cuando culmina la subida al 60%, el incremento del gasto anual por el sistema de la Seguridad Social será de 1.381,73 millones de euros/año.

Una subida pospuesta desde 2012

El Real Decreto aprobado da cumplimiento a la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto -Ley de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social- que preveía la aplicación progresiva del incremento, en un plazo de 8 años a contar desde 1 de enero de 2012, hasta el 60% de la base reguladora de la pensión de viudedad.

Los gobiernos posteriores han aplazado la entrada en vigor de la medida hasta este año, en el que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, recientemente aprobada, incluye en una de sus disposiciones adicionales un incremento del 4% en el porcentaje de la base reguladora de la pensión de viudedad y otros 4% %, hasta el 60%, a partir del 1 de enero de 2019.

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