Estos autónomos tendrán obligación de adherirse al Sistema de Transmisión Electrónica de Datos (Sistema RED) a partir de ese momento, lo que significa que deberán realizar los trámites relacionados con la afiliaciónla cotización y el colección de cuotas. La obligación se extiende a la recepción del notificacionespor lo que para su consulta y firma deberá acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.
asi se determina Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo de 2018, que da un plazo de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que los autónomos se adapten. Para el cumplimiento de esta obligación, estos trabajadores podrán optar por gestionar sus trámites a través de una Red autorizada o directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
Veamos paso a paso cuál es la nueva obligación y a quién afecta:
¿A quién afecta la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo de 2018?
En concreto, afecta a los trabajadores Trabajadores por cuenta propia trabajadores por cuenta propia o por cuenta propia; Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA), y trabajadores de la grupo yo del Régimen Especial de los Trabajadores del manzana.
¿Qué nuevas obligaciones tengo como autónomo?
Esta Orden Ministerial establece la obligación de gestionar electrónicamente todos los trámites relacionados con la afiliaciónla cotización y el colección de cuotas. Incluye la recepción, por comparecencia en la SEDESS, de los notificaciones y Comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Desde cuando?
La Orden Ministerial establece un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor el 1 de abril. Por tanto, la obligación surtirá efecto desde el 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que a esa fecha estén dados de alta en los regímenes afectados. No se realizará notificación previa de esta obligación por correo.
¿Dónde puedo gestionar mis trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo puede realizar sus trámites:
Él sistema ROJO (Envío Electrónico de Datos). A través de este sistema, ROJO autorizado actuará en representación de los autónomos. La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) alberga los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a una RED autorizada.
para Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). Los autónomos pueden realizar directamente sus trámites ante la TGSS a través de los diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios también permiten la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).
¿Qué pasa si tengo un problema?
Puede encontrar toda la información en la sede electrónica, en la web de la seguridad socialEn Twitter: @Info_TGSS. Además, puedes acudir al teléfono de información 901 50 20 50, y recibirás toda la atención que necesites, de forma presencial, en las oficinas de la Seguridad Social.
¿Qué necesito para acceder a los servicios de SEDESS?
Para acceder a los servicios de SEDESS, el trabajador por cuenta propia debe tener una sistema de autenticación que garantiza su identidad, como la ccertificado electrónico aceptado por la Seguridad Social y que puedes gestionar en las oficinas de la Seguridad Social. Todos los servicios dirigidos a autónomos son accesibles a través de este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas. También permite la presentación de solicitudes a través del registro electrónico.
También puede utilizar el DNI electrónico y el Sistema cl@vesi bien este último no permite el acceso al servicio de culto y firma de notificaciones telemáticas.
¿Qué servicios ofrece la web de la Seguridad Social a los autónomos?
Los trabajadores autónomos disponen de un amplio catálogo de servicios en SEDESS para la gestión de trámites relacionados con la afiliación y las cotizaciones a la Seguridad Social. Entre otras cosas, pueden solicitar la alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos; formular la modificación de la base de cotización en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos; modificar la actividad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, solicitar la modificación, para el año siguiente, de los datos que cubran las contingencias por incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y mutuas, y estudiar la variación de datos.
Además, desde SEDESS el autónomo puede solicitar determinadas informes y certificados:
Duplicado de la resolución de alta o cese en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Informe o consulta sobre las bases de cotización y las cotizaciones ingresadas al Régimen.
Certificado de estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social.
Informe sobre las obligaciones en vigor con la Seguridad Social.
La SEDESS tiene otros servicios que pueden ser de interés para el colectivo de trabajadores autónomos:
-Informe de vida laboral.
-Informe base de cotización.
-Domiciliación en cuenta. (Débito del pago de las cotizaciones a la seguridad social)
-Cambio de dirección.
-Comunicación telefónica y por correo electrónico.
-Ingresos de los ingresos de los regímenes y sistemas especiales.
-Retraso en el pago de las deudas con la Seguridad Social.
-Consulta de deudas y obtención de documentos de ingresos.
-Pago con tarjeta de débito con la Seguridad Social.