La Seguridad Social paga hoy cerca de 400 millones de euros en prestaciones a más de medio millón de trabajadores autónomos

La Seguridad Social paga hoy unos 400 millones de euros en prestaciones a más de medio millón de autónomos

Hombre con mascarilla tomando su pedido en la panadería de una mujer joven en el escritorio

El Seguro Social paga hoy 398,86 millones de euros de 511.331 trabajadores Trabajadores por cuenta propia a la que se han reconocido algunas de las prestaciones establecidas para paliar la situación de este colectivo como consecuencia de la pandemia del COVID-19. Desde marzo, se han pagado beneficios por la cantidad de 5.572,74 millones de euros. Además, la Seguridad Social ha eximido de cotizaciones a este colectivo por valor superior a 2.600 millones de euros.

En la nómina de febrero, los beneficios incluidos en la Real Decreto-ley 2/2021, que amplía, con ligeras modificaciones, las ayudas al colectivo tras el acuerdo con las asociaciones de autónomos. Estas ayudas son: la prestación para aquellos autónomos que hayan sido vistos obligado de suspende tu actividad temporalmente por resolución administrativa relacionados con el control de la pandemia, beneficio compatible con la actividadel beneficio extraordinario para bajos ingresos (para quienes no cumplan los requisitos del anterior periodo de carencia), y ayudas para autónomo de temporada.

Además, se incluye la nómina correspondiente a las prestaciones incluidas en los anteriores reales decretos.

RendimientoBeneficiariosNómina de sueldos
(euros)
Prestación compatible con la actividad361,720328.488.978
Prestación para autónomos obligados a suspender su actividad por decisión administrativa *81,13935.712.771,82
Beneficio de bajos ingresos56,97627.530.057,70
Beneficio para trabajadores de temporada1,7631.150.591,58
Beneficios del RD 30/20209,4735.657.819,80
Prestaciones extintas, del Real Decreto-ley 8/2020 y 24/2020260321.724,37

* Se incluyen los beneficiarios que venían percibiendo la prestación con anterioridad a su prórroga en el RD-Ley 2/2021 y las nuevas prestaciones.

En concreto, la prestación para autónomos compatible con la actividad, destinado a aquellos trabajadores que han visto reducida significativamente su facturación, ha alcanzado 361,720 beneficiarios.

Para cubrir a aquellos trabajadores que no cumplen con los requisitos para acceder a esa prestación compatible con la actividad, por ejemplo, por tener una tarifa plana o no haber cotizado durante los últimos doce meses, una ayuda que se ha beneficiado en esta nómina a56.976 trabajadores.

El beneficio para el Trabajadores por cuenta propia afectado por un suspensión temporal de toda actividad por resolución de autoridad competente se beneficia en esta nómina a 81.139 personas. Esta cifra incluye tanto a los trabajadores que venían percibiendo la prestación con anterioridad a su prórroga en el RD-Ley 2/2021 como a las nuevas prestaciones. El número de beneficiarios de este beneficio casi se ha triplicado respecto al mes anterior, lo que indica la capacidad de adaptar los beneficios en tiempos de mayores restricciones administrativas.

Dentro del convenio con las asociaciones de autónomos, también se amplió rendimiento específico para trabajadores autónomos temporadaque ha llegado a esta nómina un 1.763 trabajadores.

Prórroga hasta el 31 de mayo

El régimen de estas ayudas se ha mantenido con ligeras modificaciones en el Real Decreto-ley 2/2021 que las prorroga hasta el 31 de mayo.

Específicamente, el prestación por suspensión de actividad Está dirigido a aquellos trabajadores autónomos cuya actividad entera se vea suspendida como consecuencia de un resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia COVID 19. Su cuantía es del 50% de la base mínima de cotización y se incrementará en un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. También está exento de cotizar a la Seguridad Social, aunque ese periodo contará como cotización. La prestación es compatible con rentas de terceros hasta 1,25 veces el SMI. El beneficio mínimo estimado es de 760 euros al mes.

También el prestación compatible con la actividad y si modificar su requisito de facturación. Pueden solicitarlo aquellos trabajadores cuyos ingresos en el primer semestre de 2021 gota 50% (anteriormente era del 75%) respecto al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el correspondiente a su base de cotización.

También continúa Beneficio extraordinario para bajos ingresos para quienes no cumplan con los requisitos para acceder a los beneficios antes mencionados. Está destinado a aquellos trabajadores autónomos que sufran una caída de ingresos y que en el primer semestre de 2021 no superen los 6.650 euros. La cuantía es el 50% de la base mínima y es compatible con rentas de terceros 1,25 veces el SMI.

Finalmente, el convenio con las asociaciones de trabajadores autónomos también establece la continuación, adaptando el período de referencia, de la prestación por autónomo de temporadaque es el 70% de la base mínima y no exige más de 6.650 euros de renta en el primer semestre de 2021.