El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de Medidas Sociales en Defensa del Empleo. En concreto, el Gobierno ha ratificado el Acuerdo Social firmado ayer por varios miembros del Ejecutivo y los agentes sociales por el que se adaptan a la desescalada las condiciones de los trabajadores incluidos en expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Este acuerdo incluye nuevos incentivos de la Seguridad Social para la reincorporación al mercado laboral de los trabajadores de estos ficheros mediante la exención de cotizaciones a la Seguridad Social.
El acuerdo crea una nueva categoría de ERTE para empresas que pueden reiniciar su actividad, denominados «fuerza mayor parcial», que durará hasta el 30 de junio. Durante este periodo, las empresas podrán combinar trabajadores en activo y suspendidos y por todos ellos estarán exentos del pago de la cuota empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
Para incentivar la reincorporación del mayor número posible de trabajadores en ERTE en sus puestos de trabajo, las exenciones serán mayores para los empleados que se reincorporen al trabajo que para los que permanezcan suspendidos. En concreto, las empresas con menos de 50 empleados tendrán una exención fiscal del 85% sobre las cotizaciones devengadas en mayo y del 70% sobre las cotizaciones devengadas en junio para los trabajadores que retomen la actividad. Para los que sigan suspendidos, también habrá una exención, pero será menor: 60% para las cotizaciones devengadas en mayo y 45% para las devengadas en junio.
En el caso de empresas de 50 o más trabajadores, la exención para los trabajadores que se reincorporen será del 60% y del 45% para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente. Para los trabajadores que no se reincorporen, la reducción será del 45% en mayo y del 30% en junio.
Las exenciones de cotización no surtirán efecto para los trabajadores que mantendrán el período en que se aplican como cotización a todos los efectos. Además, este período no se tendrá en cuenta para el cálculo de las prestaciones futuras.
Para aquellas empresas que no puedan reanudar la actividad y se encuentren en situación de ERTE de fuerza mayor total, se mantienen las exenciones previstas hasta el 30 de junio. La exención de las cotizaciones devengadas en los meses de mayo y junio, así como las cotizaciones por recaudación conjunta, será del 100% para aquellas empresas que tuvieran menos de 50 trabajadores y del 75% para aquellas cuya plantilla sea igual o superior a 50.
Las medidas estarán en vigor hasta el 30 de junio, pero podrá establecerse una prórroga de los expedientes de regulación de empleo en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a motivos de salud, previo acuerdo del Consejo de Ministros.
Las exenciones de cotización se aplicarán por la Tesorería General de la Seguridad Social, a instancia de la empresa, previa comunicación de la situación de fuerza mayor total o parcial, así como de la identificación de los trabajadores afectados y del período de suspensión o reducción. de la jornada laboral.
El acuerdo incluye la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita en la que participarán el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los agentes sociales. Su función principal será la de seguimiento de las medidas adoptadas en el lugar de trabajo.
Con este plan de incentivos, novedoso a nivel internacional, el objetivo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es acompañar a las empresas en su vuelta a la actividad, tratando de ayudar a la reincorporación al puesto de trabajo del mayor número de trabajadores.