La Seguridad Social efectúa este viernes el primer pago del Ingreso Mínimo Vital

El Seguro Social paga hoy es viernes el primer pago del Ingreso Mínimo Vital a 74.119 hogares de toda España. Son aquellos que han estado percibiendo la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con una discapacidad inferior al 33% y que han sido reconocidos de oficio como beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En total, la Seguridad Social ha destinado 32 millones de euros a este pago en el mes de junio, lo que supone una ayuda a domicilio media de más de 430 euros al mes.

Los hogares reconocidos de oficio son aquellos para los que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) disponía de información suficiente sobre la composición del hogar para poder llevar a cabo la conversión. La Seguridad Social te avisará con antelación por SMS y carta para que no tengan que solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

El resto de beneficiarios de la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con una discapacidad inferior al 33% que puedan ser beneficiarios de la nueva prestación tendrán que solicitarla, por no haber suficiente información para convertir automáticamente la prestación.

En el siguiente cuadro se detalla el número de hogares que recibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital por provincia:

Beneficio IMV. Acumulado al 23 de junio de 2020

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Más de 250.000 personas viven en los 74.119 hogares que cobrarán este viernes el Ingreso Mínimo Vital, de los que más de la mitad son menores de edad. El siguiente cuadro muestra el número de personas (mayores y menores) en los hogares que ya están recibiendo el beneficio:

Tabla 2

En los diez primeros días desde el inicio del periodo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, haber dado de alta en el INSS 344,585 solicitudes, en su mayoría presentadas por medios electrónicos, ya que ayer se reinició la atención presencial en los Centros de Información y Asistencia de la Seguridad Social (CAISS).

Quienes formulen la solicitud dentro de los tres primeros meses (hasta el 15 de septiembre), y tengan derecho a ella según la documentación acreditativa, se les concederá con efectos retroactivos desde el 1 de junio.

Aplicaciones IMV. Acumulado al 23 de junio de 2020

Tabla 2

Los ciudadanos pueden informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital a través de la web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) ya través del nuevo asesor virtual, ISSA. También disponen de una herramienta de simulación, donde pueden comprobar si cumplen los requisitos, y de una línea telefónica para realizar consultas específicas (900 20 22 22), que funciona de 09.00 a 14.30 horas.

El Ingreso Mínimo Vital fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 29 de mayo y establece un nivel diferente de ingresos garantizados para cada tipo de hogar. Completar los ingresos preexistentes (entre otros, el salario), hasta ese umbral garantizado para cada tipo que, en el caso de hogares unipersonales, es de 5.538 euros anuales, equivalente a una pensión no contributiva, distribuidos en doce pagos.

Según estimaciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, más de 830.000 hogares podrían ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Son el hogar de alrededor de 2,2 millones de personas, la mitad de las cuales son menores de edad.

El primer requisito para acceder al Ingreso Mínimo Vital será el de vulnerabilidad económica. También deberá haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pueda tener derecho. Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que existan menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad.

Si el solicitante vive solo, deberá acreditar que lleva viviendo independientemente de sus padres durante tres años y que tiene al menos doce meses de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.

Si los solicitantes viven en una unidad de convivencia, ésta deberá estar constituida por al menos un año a partir de la presentación de la solicitud. Todos los solicitantes estarán obligados a tener al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, salvo en situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que se reconozca el beneficio, el hogar debe tener un ingreso total inferior al ingreso garantizado para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá menos de 3 veces la renta anual garantizada para una vivienda unifamiliar (con bonificación para la vivienda habitual), con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar. Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, si bien para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia del COVID-19, también se podrá reconocer para las solicitudes realizadas durante el año 2020 teniendo en cuenta cuenta la situación de los ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté empleado, será necesaria la inscripción como demandante de empleo para acceder a la prestación.

Por último, señalar que de manera excepcional ha sido avanzado al día del pago de la Prestación familiar por hijo a cargo semestral que vencía en julio.