La Seguridad Social paga más de 200 millones de euros en ayudas por la pandemia a más de 230.000 autónomos en junio
- El comercio, la hostelería y el transporte representan más de la mitad de los servicios este mes
- En el momento de mayor impacto de la pandemia cerca de 1,46 millones de trabajadores por cuenta propia estaban protegidos
- Más de 7.000 millones de dólares se han destinado a esta ayuda desde el inicio de la pandemia
La Seguridad Social ha pagado hoy un salario estimado de 202,5 millones de euros en ayudas a los autónomos. Más de 230.000 autónomos recibe este mes algunas de las prestaciones específicas para el colectivo puestas en marcha por la pandemia del COVID-19 y que se han prorrogado hasta el 30 de septiembre tras el acuerdo con las principales asociaciones de autónomos.
Estas ayudas se han ido adaptando a la marcha de la pandemia gracias a sucesivos acuerdos con las asociaciones de autónomos. En el punto álgido de la pandemia, vinieron a proteger 1,46 millones de autónomos. Desde entonces, el total de la nómina pagada por estos beneficios suma 7.014,6 millones de euros.
para prestación por cuenta propia compatible con la actividaddirigida a aquellos trabajadores que han visto reducida notablemente su facturación, llega en junio sobre 96,000 beneficiarios. Por su parte, más que 133,000 ocupados recibirán la ayuda que fue diseñada para proteger a aquellos autónomos que no cumplen los requisitos para acceder a la anterior prestación (por ejemplo, por tener tarifa plana o no tener el período de cotización necesario), tal y como ya contempla el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.
El número de trabajadores autónomos que perciben la prestación por un suspensión temporal de toda actividad Por decisión de la autoridad competente, este mes se ha reducido debido al levantamiento de restricciones en la mayoría de las Comunidades Autónomas. En la nómina que se ha pagado hoy, algunos 1,360 Los trabajadores autónomos reciben estas ayudas, a las que hay que añadir las más 300 que ya lo había recibido antes del 30 de mayo. La prestación específica para los trabajadores por cuenta propia temporada llega a unas 1.000 personas en junio.
El resto de la nómina hasta completar más de 200 millones de euros corresponde a prestaciones ya extinguidas, incluidas en los anteriores reales decretos.
NÚMERO ESTIMADO (30 de junio de 2021) | ||
Rendimiento | Beneficiarios (aprox.) | Nómina estimada (euros) |
Prestación compatible con la actividad | 96,000 | 100,210,000 |
Beneficio de bajos ingresos | 133,000 | 98,088,000 |
Prestación para autónomos obligados a suspender su actividad por resolución administrativa | 1,360 | 713,200 |
Prestación para autónomos obligados a suspender su actividad por resolución administrativa ampliada | 300 | 266,900 |
Beneficio para trabajadores de temporada | 1,000 | 633,800 |
Beneficios de RD anteriores | 2,500 | 2.598.000 |
Beneficiarios por sectores
En concreto, en junio se aprobaron más de 160.000 prestaciones. Debido a que los autónomos han tenido hasta el día 22 para presentar solicitudes, debido a la aprobación del nuevo Real Decreto Ley por el que se prorroga las ayudas, hay unas 50.000 solicitudes pendientes de resolución.
Los sectores con más beneficios aprobados son los comercio (38,930), la hospitalidad (28,241) y el llevar (23,503). De los tres, suponen más de la mitad de las ayudas, el 57%.
Debido a que los autónomos han tenido hasta el día 22 para presentar solicitudes, debido a la aprobación del nuevo RD-Ley, hay unas 50.000 solicitudes pendientes.
Las ayudas destinadas a autónomos se amplían hasta el 30 de septiembre. Su regulación se incluyó, tras el acuerdo con las asociaciones de autónomos, en el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, de medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los autónomos. El texto renueva la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia del COVID 19. La cuantía de la la prestación asciende al 70% de la base mínima de cotización. Además, el trabajador por cuenta propia estará exento de cotizar a la Seguridad Social, si bien este periodo contará como cotización y, en su caso, será compatible con los rendimientos del trabajo hasta 1,25 veces el SMI.
Además, se mantiene la prestación compatible con la actividad para aquellos trabajadores que, cumpliendo el requisito de gracia para acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad, cumplan dos requisitos adicionales: uno, que su facturación en el segundo y tercer trimestre de 2021 descienda un 50%, respecto a el segundo y tercer trimestre de 2019; y dos, no haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre de 2021 rendimientos netos computables a efectos fiscales superiores a 7.980 euros.
Por su parte, quienes no reúnan los requisitos para acceder a esta prestación o la extinción ordinaria podrán solicitar una prestación extraordinaria en los mismos términos establecidos en el Real Decreto-ley anterior. El importe de la prestación es el 50% de la base mínima de cotización y además está exento de cotizar y computa como cotización. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener una renta neta computable en esos seis meses de 2021 superior a 6.650 euros.