Echemos un vistazo al beneficio de jubilación y hasta dónde hemos llegado en la implementación de las reformas de los últimos años.
¿Cuándo puedo jubilarme?
Con carácter general, la edad para poder acceder a la pensión de jubilación depende del interesado y de las aportaciones que haya acumulado a lo largo de su vida laboral. En todo caso, cuando se complete la reforma, habrá que haber cumplido 67 años, con carácter general, o tener 65 años y tener acreditados 38 años y medio de cotización.
Específicamente, en 2017 la edad de jubilación exigida es de 65 años si se ha cotizado 36 años y tres meses o más, y de 65 años y 5 meses si se ha cotizado menos de 36 años y tres meses (ver cuadro).
¿Hay alguna opción para que me jubile antes?
En general, hay que jubilarse a la edad adecuada, aunque la edad mínima puede ser rebajada en casos especiales. Eso sí, nunca puede ser antes de los 52 años.
– Jubilación anticipada a partir de los 60 años por ser mutualista.
– Jubilación anticipada a partir de los 61 años si no eres mutualista.
– Jubilación parcial.
– Jubilaciones del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo, personal ferroviario, artistas, profesionales taurinos, bomberos y la Ertzaintza.
– Jubilación flexible.
– Jubilación de los trabajadores afectados por una invalidez igual o superior al 45% o al 65%.
¿Qué pasa si llevo más de 40 años cotizando?
Para jubilarse es necesario cumplir la edad legal de jubilación. Si nos jubilamos antes, veremos reducida nuestra prestación hasta un 7,5% por cada año que hayamos adelantado nuestra salida del mercado laboral. En cualquier caso, estos coeficientes de reducción no son lineales. Las personas que han cotizado durante más de 40 años ven reducida su prestación un 6% anual.
¿Cuántos años tengo que haber cotizado para cobrar la pensión?
Al menos 15 años de su vida, dos de los cuales deben haber sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
Para realizar el cálculo sólo se tienen en cuenta las aportaciones efectivamente realizadas y no se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
¿Cuánto voy a cobrar?
Para saber cuánto voy a cobrar lo primero es establecer mi base reguladora.
para base reguladora será, en 2017, el resultado de dividir por 280 las bases de cotización del interesado durante los 240 meses inmediatamente anteriores a la del mes anterior al del hecho causante. Estos factores se incrementarán hasta el año 2022, en el que la base reguladora será el resultado de dividir las bases de cotización del interesado en los últimos 300 meses entre 350.
En 2017, el últimos 20 años que ha sido citado. Este monto se incrementará a razón de 12 meses por año, hasta 2022 (cuando 25 años).
Se cobra el 50% de la pensión por los primeros 15 años de aportes. Cada mes adicional, representa un incremento porcentual hasta la culminación del 100% una vez cumplidos los 35,5 años de cotización. Que, en 2017. Los años necesarios para acceder al 100% de la jubilación en 2027 serán 37.
A las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos se les dará un complemento de maternidad: 5% si tienen 2 hijos, 10% si son 3 y 15% si son más.
¿Qué pasa si trabajo después de los 65 años?
Cuando se accede a la prestación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y cumplido el período mínimo de cotización, el interesado disfruta de un porcentaje adicional por cada año completo de cotización. Si ha cotizado hasta 25 años, agregue 2%; si ha cotizado entre 25 y 37 años, suma el 2,75%, y si ha cotizado más de 37 años, el complemento es del 4%.
Mas información en web de Seguridad Social.