Guía con las novedades sobre pensiones en 2022

Te contamos todas las novedades que incluye la Ley para garantizar el poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas para reforzar la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, que han entrado en vigor en 2022.

¿Cómo se revalorizarán las pensiones a partir de ahora?

Las pensiones contributivas, incluidas las pensiones mínimas, se revalorizarán siempre el 1 de enero de cada año de acuerdo con la inflación media del año anterior. Si el valor medio es negativo, el importe de las pensiones no variará.

En 2022, las pensiones han subido un 2,5%, correspondiente al IPC medio entre diciembre de 2020 y noviembre de 2021.

JUBILACIÓN

¿Qué beneficios ofrece a los trabajadores la jubilación diferida más allá de la edad ordinaria?

La persona que voluntariamente retrase el momento de la jubilación recibirá un complemento económico a la pensión cuando decida jubilarse. Podrás elegir entre:

  • Un 4% adicional por cada año completo de cotización después de alcanzar la edad ordinaria, lo que dará lugar a un aumento del importe de la pensión.
  • Una cantidad a tanto alzado por año de cotización, que dependerá de los años que hayas cotizado al llegar a la edad de jubilación, y que oscila entre los 5.000 y los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación.
  • Una combinación de ambos.

Además, quien retrase la jubilación estará exento de cotizar a la Seguridad Social, salvo incapacidad temporal (baja por enfermedad).

¿Y para empresas?

Las empresas estarán exentas de cotizar por las contingencias comunes de los trabajadores que retrasen la jubilación, salvo incapacidad temporal. Además, tendrán una reducción del 75% en las cotizaciones durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

¿Quiere jubilarse ahora, pero no ha alcanzado la edad legal de jubilación?

En caso de jubilación anticipada voluntaria, se aplicarán a su pensión coeficientes reductores mensuales, en función del período de cotización y del número de meses de antelación a su jubilación. Los coeficientes aplicables son:

¿Qué pasa si recibo la pensión máxima?

A partir de 2024, en aquellos supuestos de jubilación anticipada por voluntad del interesado en los que la base reguladora sea superior al límite de la cuantía de las pensiones, los coeficientes reductores se aplicarán sobre el límite de la cuantía inicial de la pensión .

En todo caso, ¿puedo jubilarme prematuramente de forma involuntaria?

En algunos casos, puede ser elegible para la jubilación anticipada involuntaria. En 2022 se han ampliado los motivos por los que una persona puede acogerse a esta modalidad de jubilación. Agregar:

  • Extinción voluntaria del contrato por parte del trabajador. Debe haber recibido la indemnización correspondiente o interpuesto una demanda para recibirla.
  • Todas las causas de despido objetivo.
  • Mujeres que cesan en su relación laboral por ser víctimas de violencia de género.

¿Quieres seguir trabajando, pero solo una parte de la jornada y compatibilizarlo con parte de tu pensión?

Existe la posibilidad de acogerse a la jubilación activa y conciliar el desempeño del trabajo por cuenta propia o autónomo con la percepción de una parte proporcional de la pensión contributiva de jubilación.
En ese caso, tenga en cuenta que debe haber transcurrido al menos un año desde que cumplió la edad ordinaria de jubilación y que es una opción prevista únicamente para aquellos trabajadores que hayan cotizado el tiempo suficiente para acceder a la pensión completa, que para el año 2022 es un mínimo de 36 años.

Y si estoy en clase pasiva, ¿hay alguna novedad?

Las pensiones de clase pasiva también se actualizarán según el promedio del IPC, al igual que el resto de pensiones. Además, los beneficios de jubilarse algún tiempo después de cumplir la mayoría de edad se extienden a las clases pasivas. También en estos casos podrán optar entre un 4% adicional en su pensión por el año «extra» trabajado, una suma global entre 5.000 y 12.000 y una combinación de ambas.

PENSION DE VIUDO

¿Ha fallecido de hecho mi pareja?¿Tengo derecho a una pensión de viudedad como en el caso del matrimonio?

Sí, si eras pareja de hecho al momento del fallecimiento y se cumplen estos requisitos:

  • Que no exista matrimonio o unión de hecho con otra persona.
  • Que la pareja se haya registrado o formalizado de hecho al menos dos años antes del fallecimiento. (Si no se cumple este requisito, se podrá reclamar la prestación temporal de viudedad.)
  • Prueba de convivencia ininterrumpida con la persona fallecida de al menos los cinco años anteriores al fallecimiento.

¿Y si tenemos hijos en común?

En este caso, no será necesario acreditar los cinco años de convivencia antes del fallecimiento.

¿Se puede percibir una pensión de viudedad si efectivamente mi pareja se extinguió antes de fallecer?

Sí, si el sobreviviente no se ha vuelto a casar ni ha formado una nueva pareja de hecho y mientras esté recibiendo una pensión compensatoria.

OTROS ASUNTOS

¿A partir de qué fecha aplican todos estos cambios?

A partir del 1 de enero de 2022. Excepto, los coeficientes reductores sobre la base reguladora de jubilación cuando alcance el límite máximo de la pensión, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.

Además, se está estabilizando la denominada “cláusula de salvaguardia”, que beneficia a aquellas personas cuya relación laboral se extinguió antes del 1 de abril de 2013 y que no pudieron incorporarse a ningún empleo con posterioridad. A estas personas se les garantizan los requisitos y condiciones anteriores a la ley 27/2011 cuando acceden a su jubilación.

Al final, ¿cuál es el mecanismo de equidad intergeneracional?

Este mecanismo ha sido diseñado para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones sin comprometer su adecuación. Tiene dos componentes. El primero consiste en la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social mediante una cotización finalista entre 2023 y 2032. La cotización será de 0,6 puntos porcentuales de la cotización por contingencias comunes, repartida entre la empresa y el trabajador con la misma distribución que en la cotización social. aportes de seguridad y actuará como la “válvula de seguridad” del sistema a partir de 2033. De ser necesario en ese momento, se utilizará ese Fondo y se discutirán otras medidas.
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