El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, nuevas medidas para empresas y autónomos hasta el 30 de septiembre tras el acuerdo firmado entre el Gobierno y los agentes sociales y el consenso alcanzado con el asociaciones de autónomos. Tanto los ERTEs como las medidas de autoempleo han tenido un gran impacto durante los meses de pandemia, protegiendo a cerca de 5 millones de trabajadores.
Para el empresasel Consejo de Ministros ha dado luz verde al acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar los ERTE hasta el 30 de septiembre con nuevas exoneraciones en las cotizaciones a la seguridad social.
En primer lugar, para las empresas que todavía tienen problemas para reiniciar la actividad en alguno de sus centros de trabajo, se crea una nueva figura: el ERTE de transición. En estos casos, en los que todos los trabajadores en el centro de trabajo continúen suspendidos, las exenciones serán decrecientes. Para empresas de menos de 50 empleados, la exención será del 70% en julio, 60% en agosto y 35% en septiembre. En el caso de empresas de 50 o más trabajadores, las exenciones en las cotizaciones a la seguridad social serán del 50%, 40% y 25% en julio, agosto y septiembre, respectivamente.
En segundo lugar, el ERTE de fuerza mayor (antes parcial) para empresas que reincorporan parte de su plantilla, que se pusieron en marcha a mediados de mayo y que han contribuido a la reincorporación de más de 1,4 millones de trabajadores en ERTE por fuerza mayor. En este sentido, la prórroga mantiene el espíritu actual de dar a las empresas más bonificaciones para los trabajadores activados que para los suspendidos.
Para empresas con menos de 50 trabajadores, las exenciones serán del 60% para trabajadores activados y del 35% para trabajadores no activados durante los meses de julio, agosto y septiembre. Para empresas con 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para trabajadores activados y del 25% para trabajadores no activados durante los próximos tres meses.
Procedimientos de regulación temporal de empleo basados en causas económicas, técnicas, organizativas y productivas (ETOP) derivados del Covid-19 iniciados antes y después de la entrada en vigor de este real decreto-ley, siempre que, en este último caso, sean inmediatamente consecutivos a un ERTE de fuerza mayor, y hasta el 30 de septiembre de 2020 se podrá aceptar las condiciones sobre exenciones a la cotización de ERTE por fuerza mayor.
Además, el acuerdo con los agentes sociales incluye un nuevo tipo de ERTE para casos excepcionales en los que una empresa tenga que cerrar su centro de trabajo como consecuencia de un resurgimiento de la pandemia. En estos casos, que tienen que ser aprobados por las autoridades laborales, se establece una exención en las cotizaciones a la Seguridad Social del 80% para los trabajadores inactivos, del 60% para los activos en el caso de empresas de menos de 50 trabajadores, y del 60% para los inactivos y 40% para los activos para empresas de más de 50 empleados.
El Gobierno y los agentes sociales mantendrán la Comisión Tripartita creada en mayo para evaluar las medidas adoptadas y se han comprometido a incorporar medidas para la creación de empleo a través de las cuatro mesas de diálogo habilitadas con el presidente del Gobierno.
Este cuadro incluye un resumen de las nuevas condiciones de ERTE aplicables hasta el 30 de septiembre.
Trabajadores por cuenta propia
Además, el Consejo de Ministros también ha aprobado la prórroga de las ayudas para trabajadores autónomos, que también se ha acordado con las principales asociaciones ATA, UPTA y UATAE. En este sentido, el Gobierno ha establecido nuevas exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los más de 1,4 millones de autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio.
En primer lugar, los beneficiarios de la prestación extraordinaria no tendrán que pagar la contribuciones de seguridad social en julio y tendrá una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses.
Aquellos cuya actividad aún se encuentre gravemente afectada por los efectos de la pandemia, podrán acceder al prestación ordinaria por cese si su facturación en el tercer trimestre es inferior en un 75% a la del mismo período del año anterior, siempre que sus rendimientos netos en el período no superen el importe equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre. Esta posibilidad, que será compatible con la actividad, supone una prestación económica mínima de 930 euros mensuales por trabajador, ya que supone una prestación económica equivalente al 70% de la base reguladora más la exención de cotización por contingencias comunes.
Para acceder a este beneficio regular compatible con la actividad, no es necesario esperar hasta el final del trimestre. Los trabajadores autónomos que consideren que pueden acogerse a la prestación podrán solicitarla en cualquier momento. A continuación, se realizará una verificación del cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.
Además, por primera vez, se establecen ayudas específicas para el colectivo de autónomo de temporada. En su caso, podrán acceder a la prestación extraordinaria (70% de la base reguladora más la exención de cotizaciones a la seguridad social) con efectos desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre.
Los trabajadores por cuenta propia cuyo único trabajo durante los dos últimos años se haya realizado en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar durante los meses de marzo a octubre y hayan estado dados de alta en dichos regímenes como autónomos. – empleado durante al menos cinco meses del año durante ese período. Además, sus ingresos en 2020 no superarán 1,75 veces el SMI (23.275 euros).
En este gráfico se incluye un resumen de cómo está la nueva ayuda a autónomos hasta el 30 de septiembre.