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El Congreso de los Diputados aprueba definitivamente la Ley del Ingreso Mínimo Vital

El Congreso de los Diputados ha aprobado finalmente la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV). De esta forma, la norma concluye la tramitación parlamentaria, tras su aprobación por el Senado el pasado 10 de diciembre, y certifica la seguridad jurídica de las normas, ya que hasta ahora se regía por el Real Decreto-ley 20/2020 que fue validado en el Congreso el pasado 10 de diciembre. 10 de junio de 2020 sin ningún voto en contra.

En la tramitación parlamentaria se han introducido mejoras que se aplicarán a partir de su entrada en vigor. Uno de ellos es el complemento de pensión alimenticia, que alcanzará a los beneficiarios de la prestación con hijos a cargo, pero también a otras familias de bajos ingresos, ya que se elevarán los umbrales de garantía de ingresos y patrimonio establecidos para cada tipo de hogar.

En concreto, este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; 70 euros al mes por cada niño de 3 a 6 años y 50 euros al mes por cada niño de 6 a 18 años y lo percibirán los hogares que cumplan dos requisitos: los que no superen el 300% de la renta garantizada de el IMV de su tipo de hogar y que no supere el 150% del umbral patrimonial correspondiente a su tipo de hogar. Es decir, lo cobrarán los actuales beneficiarios del IMV con hijos a cargo y otros hogares de bajos ingresos, pero no en situación de pobreza extrema.

Además, se han realizado mejoras para ampliar la cobertura de colectivos especialmente vulnerables, como los jóvenes que han estado bajo la tutela de entidades públicas. También se han equiparado las condiciones de las familias monoparentales con cuatro o más hijos o menores a cargo; Las personas con discapacidad (superior al 65%) percibirán un complemento del 22% por la unidad de convivencia y, finalmente, se ha exceptuado del cómputo de rentas las prestaciones que perciban las personas por dependencia y las prestaciones o subsidios por desempleo.

También se facilita el acceso a través de otras medidas, como la reducción de la antigüedad de la unidad de convivencia de 12 a 6 meses para acceder a la prestación. En el caso de los titulares menores de 30 años, se reduce de 3 a 2 años el requisito de acreditación de vida independiente para solicitar la prestación.

Entre las mejoras, se ha hecho permanente la posibilidad de solicitar la prestación con los ingresos del año en curso y se han elevado los umbrales de renta y patrimonio para estos casos, con el fin de sensibilizar al IMV ante situaciones de pobreza.

Hasta la fecha, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha recibido más de 1,5 millones de solicitudes, de las cuales casi 1,4 millones son solicitudes válidas. Actualmente, más del 97% han sido procesados. En total se han aprobado 362.000 prestaciones, con 824.000 beneficiarios. El beneficio ha tenido un gran impacto en la reducción de la pobreza infantil, ya que casi el 40% de los beneficiarios son menores de edad.

Hace una semana, el Ministerio de Inclusión puso en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital, para que las entidades colaboradoras puedan acreditar la idoneidad de los potenciales beneficiarios de la prestación. Con esta medida se permite a las entidades del tercer sector de acción social, ONG, colaborar en la gestión del IMV, previa inscripción en dicho registro, otra medida con la que el Ministerio pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación.

Datos territoriales de los beneficiarios

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