El proyecto de reforma de la ley de trabajo por cuenta propia, aún pendiente, anuncia nuevos incentivos para los trabajadores por cuenta propia; entre los que destaca la deducción en el IRPF de 26,67 euros diarios por gastos de manutención por alimentos realizados durante la jornada laboral durante los días laborables establecido oficialmente. ¿Qué hay realmente de nuevo en esta medida?
Infoautónomos se ha basado durante mucho tiempo en la premisa empírica “ver para creer” cuando se trata de la nueva ley de autónomos. Y es que tras meses de retraso en la tramitación el escepticismo se apodera de nuestro espíritu. Pero esta vez, y tras una primera aprobación de la ley en el Congreso, la medida es grave.
La posible medida, propuesta por la Unión de Profesionales de Trabajadores Autónomos (UPTA) e incluida en el texto de la reforma, permitiría a los autónomos deducirse 26,67 euros al día -48,08 euros para autónomos en el extranjero-, equiparándose a la deducción de que disfruta el trabajador asalariado previsto en el artículo 9 de la Reglamento del IRPF. Las cantidades se duplicarán si, además de comer, el trabajador autónomo se ve obligado a pernoctar fuera de casa.
Esta nueva deducción en el IRPF mantendría el criterio de los gastos deducibles de los autónomos y sólo sería posible en el caso de que el autónomo se vea obligado a comer fuera de casa y pago electrónicamente y luego puede enviar una factura o bono de alimentación que especifica el día, el establecimiento y el importe del consumo.
La aprobación de esta medida tendría dos lecturas posibles: por un lado, la igualdad de derechos con los trabajadores asalariados y por el otro el control y monitorear el uso de dichos gastos. De hecho, según Hacienda, la imputación incorrecta de gastos es uno de los principales motivos de fraude entre autónomos y motivo para recibir una Inspección de la Agencia Tributaria. Por ello, es fundamental tener debidamente justificados y contabilizados los gastos de tu actividad.
En cualquier caso, esta nueva deducción supera lo inicialmente previsto. Hace unas semanas nos enteramos de la inclusión de esta medida en el proyecto de reforma pero el gasto deducible por alimentación no podía superar los 12 euros diarios.
Agua, luz y teléfono: gastos deducibles para autónomos que trabajan a domicilio
Como decíamos hace unos meses, la nueva ley de autónomos permitirá también la deducción fiscal de hasta el 30% de los suministros de luz, agua, luz y teléfono a los trabajadores autónomos que desarrollen su actividad desde su propio domicilio. .
Cabe señalar que hoy la Dirección General de Impuestos solo acepta desgravación fiscal si tiene un medidor separado, algo inusual que da lugar a la no deducción de estos gastos o, en su defecto, a la deducción errónea.
¿Cómo califica estas nuevas deducciones de trabajo por cuenta propia?