Consejos para ser autónomo como extranjero en España
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Antes de emigrar o llegar a España, muchos extranjeros están interesados en iniciar un negocio, sin embargo, no es necesario crear una empresa para ofrecer tus servicios profesionales o para realizar una actividad económica en el país, puedes ejercer oficio, profesión. o incursionar en el autoempleo.
No obstante, para ser independiente, es necesario tramitar previamente ante el Consulado de España, la residencia para actividades independientes; a menos que haya estado viviendo en el país durante algún tiempo y tenga permiso para trabajar de forma independiente. Si eres ciudadano de alguno de los países que forman la Unión Europea, no será necesario tramitar visado.
¿Qué significa ser autónomo?
El trabajador por cuenta propia es aquella persona que realiza una actividad profesional o comercial sin asociado o sin contrato de trabajo; También puede decirse que son las personas físicas o físicas (no es lo mismo un empresario o una empresa) que deciden realizar una actividad lucrativa de forma independiente, ejerciendo por cuenta propia la profesión o actividad económica de su elección. Los autónomos más habituales son: comerciantes, transportistas, abogados, economistas, profesores (por ejemplo, puede ser el caso de un profesor de inglés que decide impartir él mismo los cursos), artistas, entre otros.
Tipos de trabajadores por cuenta propia
- Profesionales independientes y autónomos: sus profesiones están registradas en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), economistas, abogados, ingenieros, programadores, traductores e intérpretes, entre otros. Puede haber profesionales colegiados y no colegiados, colegiados, por ejemplo abogados, que no cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); profesionales no colegiados si cotizan en el RETA, publicistas, programadores, artistas, etc.
- Trabajador independiente económicamente dependiente: Trabaja exclusivamente para un cliente o empresa de la que recibe más del 75% de sus ingresos o facturación.
- Empresarios corporativos independientes: Son los socios gerentes de una empresa comercial y, para limitar su responsabilidad ante la empresa, crean una empresa mientras trabajan por cuenta propia.
- Agricultores independientes: Desde 2008 disponen de un régimen especial para los trabajadores autónomos agrarios, este tipo de autónomos está formado por propietarios o arrendatarios de explotaciones agrícolas o ganaderas.
- Autónomos colaboradores: cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.
Requisitos para ser autónomo como extranjero
Si eres extranjero y ya estás en España, puedes trabajar por tu cuenta siempre que tengas un permiso de trabajo por cuenta propia, si no tienes este tipo de visado, no podrás trabajar por tu cuenta. Lo ideal es que antes de emigrar a España, si no eres ciudadano de la Unión Europea, deberás tramitar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, este visado se solicita personalmente en el Consulado de España, debes cumplir como consecuencia de:
- No eres irregular en territorio español.
- No tienen ciudadanía de la UE.
- Carencia de antecedentes penales en España y en los países donde residió anteriormente, por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
- No ser denegada la entrada en España y no figurar como rechazada en los países con los que España tenga firmado un convenio al efecto.
- Al no encontrarse en el periodo de no retorno en España, el extranjero asumía que regresaba voluntariamente a su país de origen.
- Contar con la habilitación profesional y colegiación, según corresponda.
- Evidencia de que el proyecto o inversión es suficiente para crear empleos.
- Dispone de recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento.
Documentación para el trámite de la visa de trabajo por cuenta propia
Para tramitar la visa de trabajo por cuenta propia, deberá presentar personalmente en la oficina consular los siguientes documentos:
- Formulario oficial de solicitud de muestra (EX-07).
- Pasaporte.
- Copia de la documentación que acredite que tiene la habilitación profesional para ejercer la profesión.
- Inversión económica suficiente o apoyo de instituciones financieras o de otro tipo.
- Certificado de antecedentes penales emitido por la autoridad competente.
- Comprobante de pago de la tasa de visa.
La administración resolverá sobre la solicitud en el plazo de 3 meses, en el caso de concesión del visado, el interesado deberá recogerlo personalmente en el plazo de un mes desde su notificación. Una vez hayas entrado en España, tienes tres meses para darte de alta en la seguridad social, después deberás solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero en la Oficina de Extranjería o en la comisaría de policía de la provincia donde hayas tramitado tu solicitud.
¿Puedo trabajar por cuenta propia sin solicitar un visado de residencia por cuenta propia?
Pueden existir otras situaciones en las que el extranjero pueda realizar una actividad independiente, en virtud de residir ya en España sin haber tramitado el visado de residencia temporal por actividad independiente.
- Permiso de residencia de larga duración, es necesario demostrar que está autorizado tanto para vivir como para trabajar por su cuenta.
- Autorización de residencia temporal, debes estar autorizado para trabajar por cuenta propia, si aparece una autorización de trabajo para otra persona, no podrás darte de alta como autónomo.
- La protección internacional de extranjeros (tarjeta roja), denominada tarjeta roja por el color de la tarjeta en la que se imprime el DNI, se concede en los casos de asilo y refugio, en este caso la persona no puede trabajar durante los primeros 6 meses, luego se podrá renovar y aparecerá que la persona tiene permiso de trabajo. Esta tarjeta estará sujeta a renovación hasta que una resolución decida si concede o no asilo o refugio. Si se te concede asilo, esta tarjeta se canjeará por la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- La Tarjeta de Familia Comunitaria, esta tarjeta te permite vivir y trabajar por tu cuenta o por cuenta ajena en España.
En todo caso, es necesario acreditar que el extranjero está autorizado a trabajar por cuenta propia, para poder realizar el trámite de alta como trabajador por cuenta propia.
Pasos para darte de alta como autónomo: Lo que necesitas saber.
Una vez estés autorizado a residir y trabajar por tu cuenta en España y hayas tomado la decisión de ser autónomo para ejercer tu profesión o realizar una actividad económica, deberás darte de alta en la Seguridad Social y Agencia Tributaria.
Requisitos para el alta en la Seguridad Social.
- Presentar el modelo de alta TA0521 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Presentar el código en el que se representa su actividad económica, la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
- Tramita tu alta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Conozca y seleccione la base de su cotización.
- Infórmate de la Ayuda para Autónomos, teniendo en cuenta la cuota mensual.
- Seleccione un número de cuenta con el que dirigirá sus aportes.
Requisitos para el alta en la Agencia Tributaria:
- Solicita cita previa en la Agencia Tributaria de la ciudad donde vives.
- Rellena y presenta el modelo de registro 036 o 037, estos documentos te permiten informar a la agencia tributaria sobre tus datos de actividad.
- Conoce qué epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) corresponden a tu pago en función de tus servicios profesionales o de la actividad a realizar.
- Si tu actividad incluye también otros países de la Unión Europea, debes ser consciente de tu alta en el Régimen de Operadores Intracomunitarios (ROI).
- Infórmese en qué régimen fiscal se le clasificará según su actividad profesional.
- Averigüe cuánto impuesto debe pagar.
- Los autónomos tributan trimestralmente, es decir, están obligados a presentar declaraciones de IVA trimestrales y anuales, por lo que debes conocer los formularios de autoliquidación que presentarás trimestralmente y la declaración anual en base a lo declarado trimestralmente.
Ciudadano comunitario: Requisitos para ser autónomo
Si eres ciudadano de la Unión Europea, puedes ser trabajador por cuenta propia o autónomo, para ello deberás tramitar lo siguiente:
- NIE (número de identidad de extranjero), siendo ciudadano de la Unión Europea solo tendrás que justificar los motivos por los que quieres vivir en España, en este caso, podrás argumentar tu profesión o la actividad económica que quieres desarrollar.
- Regístrate en la Agencia Tributaria y elige la rúbrica que corresponda a tu actividad profesional o empresarial.
- Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.
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