Cuando fallece un familiar, se debe comunicar este hecho a la Seguridad Social para proceder a la deducción de la pensión correspondiente. Además, el fallecimiento puede dar derecho a pensión de viudedad o de viudedad o de viudedad o de viudo o de viudedad. Te contamos cómo realizar estos trámites durante el estado de alarma por la pandemia del COVID-19
Para ambos casos – retiro de pensión o solicitud de una nueva – es necesario presentar el certificado de defunción del pensionado. Un documento que, debido a la situación actual, muchos ciudadanos no pueden obtener.
Para poder seguir tramitando estos trámites, la Seguridad Social ha simplificado los trámites administrativos y habilitado nuevos canales para la presentación de solicitudes y documentos. Te explicamos cómo puedes hacerlo.
¿Cómo informar la jubilación de un pensionado?
La simplificación de trámites administrativos aprobada por la Seguridad Social permite que, en caso de no disponer del certificado de defunción, se pueda presentar una declaración responsable de la muerte.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo ha puesto a disposición del público modelo indicativo de declaración responsable, aunque no es necesario hacer uso de este modelo en particular.
Si dispone de certificado electrónico, clave registrada o usuario y contraseña, puede hacerlo desde este enlace a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, haciendo clic en Notificación de fallecimiento del beneficiario del beneficio y seleccionando el método de identificación de que dispone, con las garantías que ofrece el registro electrónico.
Si no tienes identificación electrónica, por el cierre de la atención presencial en las oficinas, la Seguridad Social ha habilitado un nuevo canal telemático que no requiere identificación y que permita presentar solicitudes, escritos y documentación dirigida al INSS. Puedes acceder a este formulario aquí. Además, encontrará detalles sobre cómo funciona en esta práctica guía.
Solicitud de pensión de muerte y sobrevivencia
La simplificación de los trámites administrativos y los nuevos canales de presentación de solicitudes también son de aplicación a la hora de solicitar una prestación de viudedad, orfandad, fallecimiento o pensión familiar.
Por tanto, si dispone de métodos de preautenticación, podrá seguir utilizando los canales telemáticos habituales a través del portal. Tu Seguridad Social.
Si no puede acceder a este portal por no disponer de los certificados correspondientes, podrá utilizar el nuevo canal online. que no requiere identificación descrito en el apartado anterior. En cuanto a la documentación, en este enlace Encontrarás tanto el formulario de solicitud como las instrucciones para cumplimentarlo, incluida la documentación que deberás presentar en cada caso.
Te recordamos que la Seguridad Social permite, mientras dure el estado de alarma, la sustitución de algunos de los documentos obligatorios -si no los pudiste conseguir por la situación de alarma- por documentos alternativos, y en caso de no poder aportar documentación alternativa mediante declaración responsable.
Una vez finalizado el estado de alarma, el INSS podrá recoger la documentación o realizar las comprobaciones oportunas sobre estos trámites, y practicará los ajustes económicos oportunos, en su caso.