Ayudas y subvenciones para autónomos 2022
Tabla de contenidos
Toda la información ayudas para autónomos en 2022
1. Programa de promoción del autónomos
Es un programa de ámbito nacional regulado por la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, y dirigido a personas desempleadas. Es gestionado por las Comunidades Autónomas, generalmente a través de sus direcciones de empleo, y por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellas Comunidades Autónomas que no hayan asumido competencias en la materia, así como en las Ciudades Autónomas Ceuta y Melilla. Está cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Después de que las solicitudes de 2013 y 2014 quedaran pendientes en muchas Comunidades Autónomas por las reducciones y la finalización del marco presupuestario europeo 2007-2013, a partir de 2015 se retomó una cierta normalidad por la activación el nuevo marco presupuestario 2014-2020. A continuación encontrará una relación con:
- Ayudas previstas en el programa de fomento del autoempleo.
- Programas vigentes en cada comunidad autónoma y convocatorias 2022.
2. Ayudas para autónomos
Este programa de apoyo al autoempleo es, en principio, cuatro tipos de ayuda, luego adaptado en cada comunidad autónoma:
1) Subvención para autónomos o trabajadores autónomos hasta un máximo de 10.000 EURcuantía a determinar por cada Comunidad Autónoma para los siguientes grupos:
- Desempleados en general.
- Jóvenes desempleados de 30 años o menos.
- Mujeres desempleadas.
- Desempleados con discapacidad.
- Mujeres desempleadas con discapacidad.
En el caso de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades anteriores se incrementarán en un 10%. La concesión de esta ayuda está generalmente condicionada a que el beneficiario realice aa inversiones en activos fijos o activos de al menos EUR 5.000, sin incluir los impuestos cuando sean recuperables o compensables, entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis meses siguientes al inicio de la actividad. Por otro lado, estas ayudas suelen requerir compromiso de permanecer por cuenta propia durante dos o tres añosDe lo contrario, habrá que devolverlos. Por tanto, es recomendable tener en cuenta este punto y verificar su recurso ante la Comunidad Autónoma.
2) Subvención económica
Esta subvención será equivalente a la reducción en hasta 4 puntos del interés que establezca la entidad de crédito pública o privada que concede el préstamo, siendo el límite de la subvención un máximo de 10.000 €. El préstamo debe destinarse al menos en un 75% a financiación de inversiones en activos fijos, podrá destinar hasta un 25% a la financiación del activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en activos fijos de al menos 5.000 euros.
3) Donación para asistencia técnica
El valor de esta subvención será 75% del costo de los servicios prestados con un tope de 2.000€.
4) Beca de formación
El valor de esta subvención será 75% del costo de los cursos recibidos con un tope de 3.000€.
3. Ayudas y subvenciones de las Comunidades Autónomas en 2022
Presentamos a continuación las ayudas para autónomos en 2022 correspondientes a cada comunidad autónoma, que iremos actualizando periódicamente según vayan apareciendo cambios o novedades.
ANDALUCIA
1. Indicación
Programa de estímulo a la creación y consolidación de la actividad independiente en Andalucía
2. Convocatoria 2022
ABIERTO. Hasta el 30.09.22.
3. Beneficiarios
Todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos agrarios con residencia y domicilio fiscal en Andalucía que estén acogidos al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos o, en su caso, al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. -Trabajadores por cuenta ajena en la agricultura, y que, en la fecha fijada en la correspondiente convocatoria, estén acogidos a los “Incentivos y medidas para el fomento y fomento del trabajo por cuenta propia” de la Ley 20/2007, de 11 de julio (trabajadores por cuenta propia cubiertos por la cuota plana estatal). Los grupos específicos, según la línea de ayuda, son:
- Los trabajadores autónomos que se beneficien de la reducción de la cotización a la Seguridad Social prevista en el apartado 1 del artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, con excepción de los beneficiarios de los apartados c) y d).
- Los trabajadores autónomos agrarios que se beneficien de la reducción de sus cotizaciones a la Seguridad Social prevista en el artículo 31 bis apartado 1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio.
- Trabajadores por cuenta propia domiciliados en municipios de menos de 5.000 habitantes, acogidos a los beneficios de la cotización al seguro social previstos en los apartados 1 y 3 del artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio.
- Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años, cubiertos por los beneficios de la cotización a la Seguridad Social previstos en los apartados 1 y 4 del artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio.
- Las trabajadoras por cuenta propia que hayan cesado en su trabajo por maternidad, adopción, acogimiento familiar, acogimiento familiar y tutela, en las condiciones legalmente establecidas, que se beneficien de los incrementos de cotización a la seguridad social previstos en el artículo 38 bis de la Ley. 20/2007, de 11 de julio.
Más información: La Junta de Andalucía
ARAGÓN
1. Indicación
Subvenciones para contratistas independientes
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
- Estar desempleado y dado de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad. El Instituto Aragonés de Empleo verificará automáticamente el cumplimiento de este requisito.
- Con carácter previo a la presentación de la correspondiente solicitud de subvención, estar inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del colegio profesional correspondiente y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Titulares.
4. Cuantía
- 3.000 euros para parados en general.
- 4.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años y parados mayores de 45.
- 6.000 euros para desempleados con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.
La cuantía se incrementará en un 10% en los dos casos siguientes:
- Cuando el solicitante sea mujer, salvo las víctimas de género.
- Cuando el solicitante reciba alguna de estas ayudas.
- Procedente de Inserción Aragonesa.
- Ayuda con la preparación del programa.
- Programa de renta activa de inserción.
- Programa de activación de empleo.
Más información: Aragón
ASTURIAS
1. Nombre
Ayudas al trabajo por cuenta propia (tasa mixta)
2. Llamar 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
Los trabajadores por cuenta propia con domicilio fiscal en el Principado de Asturias estuvieron dados de alta entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 que se benefician del beneficio de tipos reducidos de cotización a la seguridad social para la base mínima de cotización.
4. Cuantía
Hasta un máximo de 600 euros.
Más información: Gobierno del Principado de Asturias
Baleares
1. Indicación
Plan de fomento del autoempleo y el emprendimiento 2017-2020
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
- Desempleados registrados en la oficina correspondiente del servicio público de empleo antes del comienzo del empleo.
- Jóvenes de entre 16 y 29 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La edad del solicitante se computa a partir de la fecha en que se encuentre inscrito en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o en el régimen especial de actividades por cuenta propia correspondiente a la seguridad social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, la día en el que debe tener al menos 16 años.
4. Cuantía
- 4.000 euros para parados en general (5.000 euros si eres mujer).
La subvención podrá incrementarse en las siguientes cuantías:
- 3.000 euros si la persona que se establece como trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia es una persona con discapacidad.
- 500 euros si el trabajador autónomo es mujer víctima de violencia de género.
- 500 euros si la persona que se establece como autónomo se encuentra en situación de desempleo de larga duración.
- 1.000 euros si el trabajador autónomo tiene 45 años o más y está en situación de paro de larga duración.
Más información: Gobierno de las Islas Baleares
ISLAS CANARIAS
1. Indicación
Ayudas para fomentar el autoempleo
2. Convocatoria 2022
ABIERTO. Hasta el 31.12.22.
3. Beneficiarios
- Las personas desempleadas dadas de alta como demandantes de empleo en el SCE podrán tener derecho a las prestaciones previstas en este programa cuando sean trabajadores por cuenta propia o autónomos en la Comunidad Autónoma de Canarias y hayan estado en alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia. por cuenta ajena o por cuenta propia (RETA), en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en el Régimen Especial que corresponda o en la Mutualidad Profesional y que además cumplan los requisitos demás requisitos del así como en la normativa de aplicación general.
- A su vez, las personas que, además de cumplir los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras, estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, podrán beneficiarse de financiación específica del Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Garantía Juvenil.
- Los solicitantes podrán ser beneficiarios cuando sean de propiedad de la comunidad, o de la sociedad civil privada, siempre que las subvenciones se soliciten personalmente.
4. Cuantía
- Beca de establecimiento: la cuantía de la subvención, hasta el límite de 10.000 euros, se graduará en función de la dificultad de acceso al mercado laboral del solicitante, de acuerdo con los grupos que figuran en la BASE QUINTA de la normativa.
- beca financiera: este subsidio será equivalente a una reducción de cuatro puntos en la tasa de interés fijada por la institución de crédito pública o privada, o hasta la tasa de interés total si la tasa es inferior al cuatro por ciento, y se pagará en una sola vez. el importe único, en un importe calculado como si la subvención se hubiera devengado cada año durante ese período, incluido cualquier período de carencia. El límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000,00 euros, será establecido por el Servicio de Empleo de Canarias, graduándose en función de la dificultad de acceso al mercado laboral del solicitante, de acuerdo con su clasificación en cualquiera de los grupos establecido para el método de establecimiento.
- Beca de asistencia técnica: el importe de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con el límite de 500 euros.
- Beca de formación: el importe de esta subvención será de hasta el 75% del coste de los cursos recibidos, con un límite de 1.000 euros.
Más información: Gobierno de Canarias
CANTABRIA
1. Indicación
Subvenciones para promover la creación de empleo
2. Convocatoria 2022
PERMANENTEMENTE ABIERTO. La solicitud debe presentarse dentro de 3 meses desde la emisión del informe de viabilidad, contados a partir de la fecha de emisión de dicho informe, debiendo presentarse la solicitud antes de darse de alta en la seguridad social o en el sistema alternativo. El informe de viabilidad favorable deberá presentarse junto con la solicitud de ayuda.
3. Beneficiarios
Las personas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo antes y hasta la fecha de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la solicitud de treinta días naturales ininterrumpidos y que hayan estado en situación de desempleo ininterrumpido durante el mismo período de tiempo, según se desarrolla a continuación personal, profesional y directamente en sociedades mercantiles, con domicilio social y que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Cantabria, ya sean personas físicas, sociedades anónimas, civiles o mercantiles, salvo las sociedades laborales y cooperativas. y cuyo proyecto sea técnica, económica y financieramente viable. Sólo después de este trámite podrán inscribirse en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos o Sistema Alternativo.
4. Cuantía
- 4.800 euros para hombres desempleados en general.
- 6.000 euros para mujeres desempleadas en general.
- 6.800 euros para personas con discapacidad, jóvenes menores de 35 años o personas de 45 o más años.
- 8.000 euros para mujeres víctimas de violencia de género.
Las cantidades anteriores se incrementarán en 500 euros en el caso de personas que, a la fecha de presentación de la solicitud, reúnan los requisitos para la aplicación de la tarifa plana regulada en el artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, de labor. Estado autónomo.
Más información: Gobierno de Cantabria
CATALUÑA
1. Indicación
Ayudas para fomentar el autoempleo de jóvenes inscritos en el Programa Garantía Juvenil
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
4. Cuantía
El importe máximo de este subsidio es de 10.000 euros por permanecer durante 12 meses ininterrumpidos afiliados al régimen especial del Seguro Social de los Trabajadores Autónomos (RETA), al régimen especial correspondiente o a la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
4. Beneficiarios
Jóvenes que, antes de darse de alta como autónomos, estén inscritos en el Programa de Garantía Juvenil, y que tengan entre 18 y 29 años, ambos inclusive. El alta como trabajador autónomo deberá realizarse en el plazo comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el 15 de octubre de 2020.
Más información: Generalitat de Cataluña
CASTILLA LA MANCHA
1. Indicación
Ayudas para la iniciación, mantenimiento y consolidación del trabajo por cuenta propia
2. Convocatoria 2022
ABIERTO. Hasta el 30.06.22.
3. Líneas de ayuda
- Línea 1: Ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de los trabajadores autónomos, para facilitar la generación de autoempleo y mantenimiento en los 12 primeros meses de actividad.
- fila 2: Subvenciones para el fortalecimiento de la actividad de los autónomos, con el fin de facilitar la continuidad de su actividad por cuenta propia tras los 12 primeros meses de actividad.
En ambas líneas existe la obligación de mantener la actividad durante 12 meses a partir del día siguiente a la presentación de la ayuda.
4. Beneficiarios
- Personas físicas constituidas como trabajadores por cuenta propia o autónomos autónomos, incluidos los integrados en comunidad de bienes, las uniones civiles y las entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y económico. la actividad no se trata de la simple administración de bienes o masas patrimoniales.
- Las sociedades de un solo miembro, cuando el único socio que la constituya sea una persona física que ejerza su actividad en la sociedad.
en la línea 1 Pueden beneficiarse todas las personas que hayan estado dadas de alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente entre el 28 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2022.
en la línea 2 Las personas que estén dadas de alta en el RETA o Mutuas durante más de 12 meses y menos de 36 meses entre el 28 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2022 y cumplan los requisitos para poder optar a las ayudas (es decir, que la actividad se desarrolle en las zonas previstas en la regulación).
5. Cuantía
Línea 1: 3.000 euros.
fila 2: 2.000 euros. La línea 1 tendrá los siguientes incrementos:
- Un incremento de la intensidad de la ayuda del 20%, cuando la actividad se desarrolle en municipios o núcleos de población, definidos como zonas de riesgo de despoblación, y en municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de despoblamiento intenso.
- Un incremento del 30% en la intensidad de las ayudas para aquellas solicitudes que se produzcan en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de despoblación intensa, y en municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zona. extrema despoblación.
- Incremento de la intensidad de las ayudas en un 40% para aquellas solicitudes que se produzcan en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.
Más información: castilla la mancha
CASTILLA Y LEÓN
1. Indicación
Subvenciones destinadas a promover el desarrollo de actividades económicas independientes
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
Los beneficiarios deberán pertenecer, el día de la inscripción en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, a alguno de los siguientes colectivos:
- Menores de 35 años.
- Se entiende por personas de entre 35 y 44 años, ambos inclusive, que se encuentren en situación de desempleo de larga duración, aquellas cuyo período de alta como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo sea de al menos 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente. No se computarán aquellas interrupciones iguales o inferiores a 30 días que sean consecuencia de una estancia. También podrán ser beneficiarios las personas incluidas en este grupo de edad, que no sean parados de larga duración, si llevan 3 o más meses ininterrumpidos de alta como parados en el Servicio Público de Empleo, inmediatamente antes del día de alta en RETA o Mutua. correspondiente Colegio Profesional.
- Personas de 45 años de edad o más.
4. Cuantía
4.000 euros por:
- Menores de 35 años.
- Personas de entre 35 y 44 años, ambos inclusive, que se encuentren en situación de desempleo de larga duración.
- Personas de 45 años de edad o más.
3.000 euros por:
- Personas de entre 35 y 44 años que no sean parados de larga duración.
Incrementar el importe en 500 euros para:
- Una persona de 45 años o más no está percibiendo prestaciones o subsidios por desempleo contributivos.
- Desempleados de larga duración y que no perciban la prestación contributiva por desempleo.
- Regresó el emigrante castellano y leonés.
- Solicitantes cuyo lugar de trabajo o sede esté situado en uno de los territorios y zonas geográficas más desfavorecidas.
- Si el solicitante es una mujer.
- Parados de larga duración y en riesgo de exclusión social o con dificultades de integración.
Más información: Castilla y León
SACUDIR
1. Indicación
Ayudas para el fomento, consolidación y modernización del trabajo por cuenta propia
2. Convocatoria 2021 – 2022
ABIERTO.
3. Programas
Programa I. Ayuda a la constitución de parados como autónomos.
programa II. Ayudas a los autónomos que promuevan el empleo de un familiar colaborador.
Programa III. Ayudas a los trabajadores autónomos que hayan sido beneficiarios de las ayudas previstas en este decreto en base reglamentaria, con el fin de mantener y modernizar su actividad como trabajadores autónomos.
Programa IV. Ayudas a los trabajadores por cuenta ajena acogidos al Régimen General de la Seguridad Social en calidad de trabajadores por cuenta ajena que inicien una actividad empresarial o profesional como trabajadores autónomos, siempre que estén acogidos al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).
4. Beneficiarios
Pueden ser elegibles para recibir asistencia de Programa I:
- Personas desempleadas que inician una actividad empresarial por cuenta propia, siempre que estén acogidas al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA). En el caso de los desempleados menores de 30 años en la fecha de alta en el RETA, podrán o no ser beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Se entenderá que son beneficiarios de dicho sistema si están dados de alta en el mismo con al menos un día de antelación a la fecha de su alta en el RETA. El cumplimiento de este requisito sólo dará lugar a su financiación con cargo al Programa Operativo IEJ/FSE 2014-2020 de Empleo Joven en Extremadura o el que lo sustituya con la misma finalidad.
- Trabajadores por cuenta propia económicamente dependientes previstos en el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto de los Trabajadores Autónomos.
- Profesionales autónomos que requieran la incorporación a un Colegio Profesional cuyo grupo se haya integrado en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos o en la mutua alternativa. En el caso de los desempleados menores de 30 años en la fecha de alta en el RETA o en la mutua alternativa, podrán o no ser beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Se entenderá que son beneficiarios de dicho sistema los que estén dados de alta en el mismo con al menos un día de antelación a la fecha de su alta en el RETA o en la mutua alternativa. El cumplimiento de este requisito sólo dará lugar a su financiación con cargo al Programa Operativo IEJ/FSE 2014-2020 de Empleo Joven en Extremadura o el que lo sustituya con la misma finalidad.
- Quienes formen o se integren en comunidades de propietarios u otras entidades sin personalidad jurídica de conformidad con el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, como socios y como socios del RETA o de la mutua alternativa.
Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en Programa II, trabajadores por cuenta propia que incorporen a los desempleados como miembros colaboradores de la familia en las fincas de su propiedad. Podrán recibir ayuda de Programa IV Los trabajadores por cuenta ajena, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional por cuenta propia y siempre que estén incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).
5. Cuantía
Los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo Básico para acceder a las ayudas de los Programas I, II, III o IV podrán tener derecho, dependiendo de las condiciones de los programas y/o de las características de los beneficiarios o iniciadores de las ayudas, a la siguiente subvención: 1.- Una subvención de 1.000 euros para los beneficiarios de las ayudas del Programa III. 2.- Una subvención de 5.000 euros para los desempleados establecidos como autónomos en los Programas I y II que no estén incluidos en los apartados siguientes. 3.- Una subvención de 7.500 euros para los desempleados establecidos como autónomos en los Programas I y II, que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
- Personas desempleadas que hayan participado en los doce meses anteriores a su alta en el RETA o, en su caso, en la mutua alternativa en las políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Público de Empleo Extremeño.
- Personas con discapacidades.
- Los jóvenes menores de 30 años en la fecha de alta en el RETA o, en su caso, en la mutua alternativa.
- Las personas que tengan 52 años o más en la fecha de alta en el RETA o, en su caso, en la mutua alternativa.
- Personas con actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, según las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal de 1 de enero, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística.
- Los emigrantes extremeños que hayan regresado de emigrar a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los dos años anteriores a la fecha de alta en el RETA o, en su caso, en la mutua alternativa.
- Desempleados de larga duración en la fecha de alta en el RETA o, en su caso, en la mutua alternativa.
4.- Subvención de 5.000 euros para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de los Trabajadores por Cuenta Ajena, beneficiarios del IV Programa de Ayudas. 5.- Una subvención de 9.000 euros, para mujeres desempleadas que se establezcan como profesionales independientes en los Programas I y II.
Más información: extremeño
GALICIA
1. Indicación
Programa I. Fomento del autoempleo
2. Convocatoria 2022
ABIERTO. Hasta el 30.09.22.
3. Beneficiarios
Aquellas personas que estén inscritas en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en una mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive, como titulares. o copropietarios del negocio u operación.
Más información: Galicia
LA RIOJA
1. Indicación
Impulsar la consolidación del trabajo por cuenta propia
2. Convocatoria 2022
ARETE
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
- Las personas físicas, en paro o en activo, que se hayan constituido como empresarios individuales desde el 15 de noviembre de 2019, tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en La Rioja.
- Las nuevas sociedades que se constituyan en La Rioja a partir del 15 de noviembre de 2019, que tengan tanto el domicilio fiscal como el centro de trabajo en La Rioja.
- Los nuevos propietarios únicos o socios de empresas emergentes no pueden haber trabajado por cuenta propia, por cuenta propia o por cuenta ajena, en la misma o similar actividad durante los últimos tres años. Se entenderá por misma actividad la de la misma Dirección del CNAE aprobada por el RD 475/2007. La naturaleza de una actividad similar será determinada por ADER.
- No podrán ser beneficiarias las personas jurídicas promovidas o propiedad, en todo o en parte, de otras personas jurídicas.
- Son beneficiarios aquellas nuevas sociedades en las que aparecen como accionistas personas físicas que, trabajando por cuenta ajena en una sociedad ya existente, continúan ejerciendo ese trabajo al mismo tiempo que la actividad de la nueva sociedad, pudiendo considerarse beneficiarias las actividades de ambas sociedades. . misma actividad o similar.
- El alta en el Régimen Especial de los Independientes de la Seguridad Social o en el régimen de pensión obligatoria que, en su caso, deberá acreditarse.
4. Cuantía
Hasta el 35% de la inversión en proyectos de emprendimiento.
Más información: la Rioja
MADRID
1. Indicación
Ayudas para trabajadores autónomos
2. Convocatoria 2022
PERMANENTEMENTE ABIERTO.
3. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de subvenciones las personas desempleadas que se den de alta como autónomos, cuya actividad se inicie con posterioridad al 1 de octubre de 2015:
- Trabajadores por cuenta propia en el correspondiente régimen de seguridad social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Miembros de sociedades civiles, comunidades de bienes y socios de sociedades.
- Trabajadores o socios trabajadores de cooperativas o sociedades laborales.
Más información: comunidad en madrid
MURCIA
1. Indicación
Subvención para el fomento del trabajo por cuenta propia – INVERSIONES
2. Convocatoria 2022
PERMANENTEMENTE ABIERTO.
3. Requisitos
Se establece como requisito realizar una inversión de al menos 2.500 euros.
4. Cuantía
Depende del volumen de la inversión.
Hombres:
- Hasta 3.000 euros para los menores de 30 años, entre 45 y 54 y entre 30 y 44 años parados de larga duración. Si la inversión es superior a 5.000 euros, la subvención se incrementa a 6.000 euros.
- Hasta 4.000 euros para personas con discapacidad, parados de larga duración de 45 a 54 años y mayores de 55 años. Hasta 8.000 EUR si la inversión alcanza o supera los 5.000 EUR.
- Hasta 3.000 euros con carácter general y 3.300 euros en el caso de personas pertenecientes a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Autonómica para el fomento del empleo que lo prevea, o que hayan participado con éxito en un programa Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no han transcurrido doce meses desde su finalización.
Mujer:
- Hasta 3.500€ con carácter general y 7.000€ si la inversión alcanza o supera los 5.000€.
- Hasta 4.500 euros para personas con discapacidad, parados de larga duración de entre 45 y 54 años y mujeres de 55 y más años. Hasta 9.000 EUR si la inversión alcanza o supera los 5.000 EUR.
- Estas cantidades se incrementarán en un 10% para las víctimas de violencia de género.
- Hasta 3.800 euros (y 7.600 euros en inversiones iguales o superiores a 5.000 euros) en el caso de personas pertenecientes a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional para el fomento del empleo que lo prevea, o que participe con aprovechamiento en una escuela taller, una casa de artesanía o un taller programa de empleo y no pasó doce meses después de su finalización.
Más información: Región de Murcia
NAVARA
1. Indicación
Ayudas para fomentar el autoempleo
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Presentación
- Un mes desde el registro hasta la seguridad social.
- Para las personas cuya afiliación a la Seguridad Social sea anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación oficial de la presente convocatoria (ver punto 4 de la Resolución 1365/2016, de 4 de julio) . ).
4. Cuantía
Subvención de cuantía variable (a partir de 2.000 euros) en función de las circunstancias personales de quienes se establezcan de forma independiente.
Más información: navarra
PAÍS VASCO / BIZKAIA
1. Indicación
Fomento del autoempleo y la creación de empresas
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
4. Cuantía
- 5.000 euros para el promotor, que cumpla los requisitos establecidos en el apartado “Entidades Financieras”.
- 2.000 euros por cada persona u otro promotor distinto del indicado en el punto anterior, que reúnan los requisitos detallados en el apartado anterior, en este caso, con independencia de que hayan finalizado la formación y el asesoramiento.
Más información: País Vasco / Bizkaia
PAÍS VASCO / GUIPUZCOA Y ÁLAVA
1. Indicación
Programa de apoyo en el proceso de creación y desarrollo del negocio
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
4. Cuantía
Hasta el 100% del coste subvencionable del acompañamiento del acompañante o equipo.
Más información: Diputación Foral de Guipúzcoa
COMUNIDAD VALENCIANA
1. Indicación
Ayudas para desempleados que accedan a ella lugar de trabajo mediante la creación de empresas como autónomos en proyectos innovadores
2. Convocatoria 2022
ARETE.
Convocatoria en 2021
CERRADO.
3. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas desempleadas que pasen a ser trabajadores por cuenta propia o autónomos.
4. Cuantía
La cuantía de la ayuda se determinará en función de la afiliación del solicitante en el momento de darse de alta como trabajador autónomo en alguno de los siguientes colectivos:
- Parados en general: 2.500 euros.
- Desempleados menores de 30 años o mayores de 45: 3.000 euros.
- Parados con diversidad funcional: 3.500 euros.
- Desempleados víctimas de violencia contra la mujer: 4.500 euros.
Las cantidades establecidas en los tres primeros apartados se incrementarán en 500 euros para las mujeres.
Más información: Generalitat Valenciana
Resumen
Becas y Ayudas para Autónomos 2022. Es un programa de ámbito nacional gestionado por las distintas Comunidades Autónomas y ofrece atractivos incentivos para el autoempleo: beca primera cuota, beca económica, beca de asistencia técnica y beca de formación.