Aprobada la extensión de ayudas a los trabajadores autónomos hasta final de junio y otras medidas para la recuperación económica en La Palma

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley con diversas medidas para la protección de empresas y trabajadores y la reactivación económica, que incluye la prórroga de las ayudas por el COVID-19 para trabajadores autónomos hasta finales de junio de 2022, con el objetivo de seguir protegiendo a estos trabajadores y favorecer la recuperación de la actividad.

El primer grupo de estas ayudas pretende facilitar la reactivación de la actividad de los autónomos y, en analogía a lo que se hizo a partir de octubre, se establecen exoneraciones en las cotizaciones sociales durante los próximos cuatro meses. En concreto, los autónomos que hasta el momento hayan cobrado las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia del Real Decreto-ley 18/2021, más de 110.000 personas, estarán sujetos a una exención del 90% de sus cotizaciones a la Seguridad Social en marzo de 75 % en abril, 50% en mayo y 25% en junio.

Para acogerse a estas exenciones de cotización, los trabajadores autónomos deberán permanecer en alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2022.

El segundo grupo de ayudas se centra en los autónomos que se encuentran en situaciones especiales: por un lado, los afectados por la suspensión de actividad a causa de la pandemia y, por otro, los afectados por la erupción volcánica en La Palma.

En el caso de aquellos trabajadores por cuenta propia que tengan una suspensión temporal de toda actividad como consecuencia de una resolución de la autoridad competente como medida para contener la propagación del virus COVID-19, percibirán una prestación extraordinaria, por un importe del 70% de la base mínima de cotización. Tendrán también una exención de cotización a la Seguridad Social, aunque el periodo se computará como cotización. Será compatible con las rentas del trabajo hasta 1,25 veces el SMI.

Además, se prorroga por cuatro meses la prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma. Tienen derecho a la prestación por cese de actividad hasta el 30 de junio aquellos trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a suspender o cesar su actividad como consecuencia directa de este hecho.

Desde marzo de 2020, cuando se pusieron en marcha estas ayudas especiales para autónomos por el COVID-19, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social e Migraciones ha gastado casi 11.000 millones de euros en prestaciones extraordinarias y exenciones de cotización con el fin de proteger a este colectivo y facilitar la reactivación de su actividad.


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Además, este Real Decreto-Ley también prorroga hasta el 30 de junio otras medidas especiales que se tomaron el pasado mes de septiembre por la erupción del volcán Cumbre Vieja en La Palma. Así, se prorrogaban hasta el 30 de junio los ERTEs especiales de la isla, que el 17 de febrero protegían a 804 trabajadores. Los trabajadores gozan de protección y las empresas se beneficiarán de exenciones de hasta el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social en caso de inhabilitación total de su actividad y de hasta el 90% en caso de limitación de actividad.

También prorroga una medida de liquidez a cuatro meses para las empresas de la isla, como los aplazamientos especiales de las cotizaciones a la Seguridad Social, a un bajísimo tipo de interés del 0,5%.

Cuidado de niños con cáncer u otra enfermedad grave

Otra de las medidas incluidas en este real decreto-ley se dirige a aquellas personas que hayan estado percibiendo la prestación por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogimiento con carácter permanente por cáncer o enfermedad grave. . En concreto, se refiere a aquellos beneficiarios a los que esta prestación se hubiera extinguido antes del 1 de enero de 2022, habiendo cumplido los 18 años el hijo antes de esa fecha, ya que a partir del 1 de enero esta prestación se extiende sobre la mayoría de edad hasta los 23 años. , si la situación persiste.

Con esta medida, estas personas podrán volver a solicitar la reducción de jornada prevista y su correspondiente prestación, siempre que sigan acreditando los requisitos para acceder a la misma y el hijo, hija o persona que haya sido objeto de tutela por adopción o adopción la recepción permanente a su cargo aún no ha cumplido los 23 años.